Resolución 289

Autorización de traspaso de concesión minera

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 65 Ordinaria de 2005 (2005-12-19)
Páginas
16–17
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La Resolución No. 289 del Ministerio de la Industria Básica regula el traspaso de concesión minera. Autoriza el traspaso de derechos mineros de explotación en el yacimiento Elguea. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 289

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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su

Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento, traspaso o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el

Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.

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POR CUANTO: La Cadena Hotelera Horizontes S.A. ha solicitado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales el traspaso de la concesión minera de explotación en el área del yacimiento Elguea, de la cual es titular, a favor de la Cadena Isla Azul S.A.

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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar a la que resuelve que autorice el traspaso solicitado.

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POR CUANTO: La que resuelve fue designada Ministra de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de octubre de 2004.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Autorizar el traspaso de los derechos mineros de explotación otorgados a la Cadena Hotelera Horizontes S.A., en el área del yacimiento Elguea, a favor de la Cadena Isla Azul S.A.

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SEGUNDO: Se ratifican todos los términos, disposiciones y obligaciones dispuestas en la Resolución No. 79 de 16 de marzo de 1999, del Ministro de la Industria Básica, las que serán en lo adelante de obligatorio cumplimiento por la Cadena Isla Azul S.A.

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TERCERO: La autorización dispuesta en la presente Resolución quedará sin vigor si transcurrieran treinta días de su notificación a la Cadena Isla Azul S.A., y no procediera a su inscripción en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales.

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CUARTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

NOTIFIQUESE a la Directora de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al Presidente de la Cadena Hotelera Horizontes S.A., y al Presidente de la Cadena Isla Azul S.A.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de septiembre del 2005.

Yadira García Vera

Ministra de la Industria Básica

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