Resolución 240

Sobre la acuñación de monedas conmemorativas

Organismo
Banco Central de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 23 Ordinaria de 2010 (2010-06-11)
Páginas
3–4
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 240 del Banco Central de Cuba regula la acuñación de monedas conmemorativas con fines numismáticos. El Banco Central de Cuba, a través de la Casa de la Moneda de Cuba, autoriza la emisión de estas monedas con diferentes temáticas y características.

Texto íntegro

Decreto-Ley No. 1

- Banco Central de Cuba en el ejercicio de sus funciones puede dictar resoluciones, instrucciones y demás disposiciones necesarias para la ejecución de las funciones del Banco Central de Cuba, de carácter obligatorio para todos los organismos, órganos, empresas y entidades económicas estatales, organizaciones y asociaciones económicas o de otro carácter, cooperativas, el sector privado y la población.

POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de Gobierno y Presidente del Banco Central de Cuba por

- uerdo del Consejo de Estado de 4 de junio de 2009.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

-

R e s u e l v o :PRIMERO: Au

as Especiales Desa

- reviada “Impresos de Seguridad”, a través de la Casa de la Moneda de Cuba, a la acuñación con fines numismáticos de una serie de monedas conmemorativas con las temáticas “

SEGUNDO: Las monedas cuya acuñación se autoriza en el apartado anterior tendrán las características siguientes:

- Pieza 1: “50 Aniversario del encuentro entre Fidel y Hemingway”, la cual tendrá valores faciales de un pes

z pesos, veinticinco pesos y cien pesos. Anverso: Busto del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz a la izquierda de la moneda y busto d

mingway a la derecha, ambos mirando a la izquierda, en actitud de diálogo. En el borde superior la leyenda: 50 ANIVERSARIO. Bajo ambos bustos, en cuatro líneas, la leyenda: ENCUENTRO / DE FIDEL CASTRO Y / ERNEST HEMINGWAY / 1960 • 2010. A la altura de la nuca de Hemingway, a la derecha, se leen la marca de ceca (llave y estrella) y debajo el año 2010. Reverso de la moneda con valor facial de un peso: Escudo Nacional al centro. En el borde

PUBLICA DE CUBA. En el borde inferior el valor facial en exergo: 1 PESO. Reverso de la moneda con valor facial de diez pesos: Escudo Nacional al c

PUBLICA DE CUBA. En el borde inferior el valor facial en exergo: 10 PESOS. A la izquierda del escudo, el peso expresado en gramos; a la derecha el metal y la fineza. Reverso de la moneda con valor facial de veinticinco pesos: Escudo Nacional al centro. En el borde superior

enda: REPUBLICA DE CUBA. En el borde inferior el valor facial en exergo: 25 PESOS. A la izquierda del escudo, el peso expresado en onzas; a la derecha el metal y la fineza. Reverso de la moneda con valor facial de cien pesos: Escudo Na

PUBLICA DE CUBA. En el borde inferior el valor facial en exergo: 100 PESOS. A la izquierda del escudo, el peso expresado en onzas; a la derecha el metal y la fineza.

Metal:

P

ial diez pesos. Anverso: Imág

sidional de Santiago de Cuba de 1741 sobre número VIII. Arriba leyenda horizontal, en dos líneas: SERIE / IBEROAMERICANA. Bajo las imágenes de las monedas la leyenda en tres líneas: MONEDA / OBSIDIONAL / SANTIAGO DE CUBA. A lo largo del borde inferior, ligeramente desplazada a la izquierda, la leyenda: MONEDAS HISTÓRICAS IBEROAMERICANAS. En la mitad superior de la moneda, a la derecha, la marca ceca (llave y estrella) y debajo el año 2010. Reverso: En círculo interior, Escu

pública de Cuba al centro. Leyenda: REPUBLICA DE CUBA. Debajo del escudo el valor facial. A la izquierda del escudo la ley: LEY. 925; a la derecha el peso expresado en gramos: 27 GRS. Alrededor de este elemento central, los escudos nacionales de los países que integran esta VIII Serie: Argentina, Cuba, España, Guatemala, Estados Unidos Mexicanos, Nicaragua, Paraguay, Perú y Portugal. Detalles técnicos:

etal: P

- eda autorizada para la comercialización de estas piezas y encargada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. DESE CUE

NOTIFIQUESE al Director de la Empresa Comercializara Integral de Tecnologías Especiales Desarrolladas “Impresos de Seguridad”. COMUNIQUESE al V

epresidentes, al Superintendente, al Auditor, al Director General de Tesorería y al Director de Emisión y Valores, todos del Banco Central de Cuba; y al Director del Museo Numismático. PUBLIQUES

ntral de Cuba. DAD

s de mayo de 2010.

Ministro-Presidente

ERIOS

ERIOR Y LA IN