Resolución 245/07
La Resolución No. 245/07 del Ministerio de la Industria Alimenticia aprueba precios mayoristas máximos para productos específicos. Regula los precios mayoristas máximos en moneda nacional y en pesos convertibles para entidades estatales. La emite el Ministro de la Industria Alimenticia.
- Se aprueba el precio mayorista máximo del sirope a granel de piña en 47.83, con 27.28 cuc.
- El producto es producido por la Unión de Bebidas y Refrescos.
- El precio tiene destino al Mercado Interno en Divisas y Organismos autorizados.
- La resolución surte efecto tres días a partir de la fecha de su firma.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 245/07
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POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, de conformidad con lo establecido por el Decreto-Ley No. 147 y mediante el inciso 4 de su Apartado Tercero, faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado a dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo.
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POR CUANTO: La Resolución Conjunta No. 1/05 del Ministerio de Economía y Planificación y el Ministerio de Finanzas y Precios de fecha 15 de enero de 2005, dispone que los precios mayoristas máximos en moneda nacional y el componente en pesos convertibles de los productos o servicios comercializados entre entidades estatales que no requieran la aprobación de los referidos Ministerios, son aprobados por los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado o por quienes éstos designen para sus respectivas entidades subordinadas.
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POR CUANTO: El que resuelve ha sido designado Ministro de la Industria Alimenticia en virtud del Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de junio de 1980.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar el precio mayorista máximo y su componente en pesos convertibles del producto producido por la Unión por la Unión de Bebidas y Refrescos con destino al Mercado Interno en Divisas y Organismos autorizados a comprar en ambas monedas.
Descripción: Sirope a Granel de Piña
UM: HL
Precio Total: 47.83
De ello: 27.28 cuc
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SEGUNDO: Lo dispuesto por la presente surte efecto tres días a partir de la fecha de su firma.
Notifíquese al Director General de la Unión de Bebidas y Refrescos.
Dése cuenta a la Dirección de Bienes Agroindustriales del Ministerio de Finanzas y Precios.
Comuníquese a los viceministros y a los directores de Economía y a la Directora de Política de Precios de este Organismo.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
Dada en Playa, a los 20 días del mes de noviembre de 2007.
Alejandro Roca Iglesias
Ministro de la Industria Alimenticia
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