Resolución 25/2024

Extinguir concesión de explotación El Rincón

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2024-04-04
Publicada en
Gaceta No. 38 Ordinaria de 2024 (2024-04-29)
Páginas
2–3
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La Resolución 25/2024 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación minera denominada El Rincón, otorgada a la Empresa Movimiento de Tierra No.1. Esta decisión se basa en la Ley 76 "Ley de Minas" de 1994 y sus disposiciones posteriores.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 25/2024

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 47, de 2 de marzo de 1999, del ministro de la Industria Básica a la Empresa de Cerámica Roja y Refractaria, posteriormente denominada Empresa de Hormigón y Terrazo, de la concesión de explotación denominada El Rincón, ubicada en el municipio de Boyeros de la provincia

de Ciudad de La Habana, hoy La Habana, para explotar el mineral arcilla para su utilización en la producción de ladrillos, por un término de veinticinco (25) años; posteriormente traspasada sucesivamente por las resoluciones 223, de 31 de julio de 2007, y la 212, de 25 de junio de 2008, ambas de la ministra de la Industria Básica, a favor de la Empresa de Hormigón y Terrazo y Empresa de Servicios Minero Geológicos EXPLOMAT, respectivamente; por la Resolución 76, de 24 de abril de 2012, del ministro de la Industria Básica, se autorizó un cierre temporal hasta el 26 de marzo de 2014; traspasada por la Resolución 179, de 25 de mayo de 2015, a favor de la Empresa Movimiento de Tierra No.1, y por la Resolución 118, de 26 de junio de 2018, ambas del ministro de Energía y Minas, se le autorizó a dicha Empresa ampliar el uso del mineral arcilla para su utilización en la construcción de terraplenes e impermeabilización de fosas sépticas y lagunas de oxidación; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,

Artículo 60, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada El Rincón, ubicada en el municipio de Boyeros de la provincia de La Habana, otorgada a la Empresa Movimiento de Tierra No.1.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa Movimiento de Tierra No.1 está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Derogar las resoluciones 76, de 24 de abril de 2012, del ministro de la Industria Básica; la 179, de 25 de mayo de 2015, y la 118, de 26 de junio de 2018, ambas del ministro de Energía y Minas.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa Movimiento de Tierra No.1.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 4 días del mes de abril de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro