Resolución 25/2025

Emisión, colocación y amortización de Bonos Soberanos

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2025-01-24
Publicada en
Gaceta No. 8 Ordinaria de 2025 (2025-02-05)
Páginas
28–29
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La Resolución 25/2025 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la emisión, colocación y amortización de Bonos Soberanos en pesos cubanos para financiar la deuda pública en 2025. La norma es emitida por el Ministro de Finanzas y Precios en virtud de la Ley 174 "Del Presupuesto del Estado para el año 2025".

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 25/2025

POR CUANTO: La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, en su Disposición Final Segunda, inciso a), faculta al ministro de Finanzas y Precios, cuandocircunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para conceder exenciones, bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, así como condonar deudastributarias determinadas administrativamente, según corresponda.

POR CUANTO: La Ley 174 “Del Presupuesto del Estado para el año 2025”, de 18 dediciembre de 2024, establece en su

Artículo 46, que la emisión, colocación, amortización, control y fiscalización de los Bonos Soberanos, se realiza conforme a lo regulado por elministro de Finanzas y Precios.

POR CUANTO: Resulta necesario aprobar la emisión, colocación y amortización de Bonos Soberanos de la República de Cuba, en pesos cubanos, para financiar la deudapública correspondiente al año 2025.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145,inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Emitir Bonos Soberanos de la República de Cuba, en lo adelante Bonos,para el financiamiento de la deuda pública hasta el límite fijado en la Ley 174 “Del Presupuesto del Estado para el año 2025”, de 18 de diciembre de 2024, cuya colocación se realiza en correspondencia con las necesidades de liquidez de la cuenta del Presupuesto Central, en pesos cubanos, para financiar la deuda pública aprobada para el año 2025.SEGUNDO: El Banco de Inversiones S.A., en su función de Agente Estructurador, de Registro, Pago, Traspaso y Colocación, para las emisiones de Bonos de acuerdo conlos términos y condiciones establecidos en el Contrato de Agencia firmado con este

Ministerio, emite mediante anotaciones electrónicas en su registro los Bonos y entrega acada institución financiera bancaria cubana y a las empresas estatales participantes, en lo adelante tenedores, cuando así lo requieran, un Certificado de Bono.TERCERO: Los Bonos se amortizan a su vencimiento y pueden ser negociados y endosados entre el sistema bancario y el sector empresarial estatal por su valor nominal.CUARTO: La información que se publique en el Memorándum de Emisión y Colocación a los tenedores de Bonos, se autoriza previamente por este Ministerio.

QUINTO: La Dirección de Tesorería y Crédito Público de este Ministerio queda encargada de garantizar en los plazos pactados en el Contrato de Agencia, el pago de las obligaciones adquiridas con los tenedores de Bonos, desde la Cuenta del Presupuesto Central que opera en la Sucursal de Operaciones del Estado, en el Banco Central de Cuba.

SEXTO: Se exonera a los tenedores de Bonos del pago del Impuesto sobre Utilidades, por los ingresos que obtengan provenientes de los rendimientos de créditos de cualquier naturaleza, resultantes de la compra, traspaso o tenencia de los Bonos.

DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba; y se aplica a las operaciones realizadas a partir del 1 deenero de 2025.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 24 días del mes de enero de 2025.Vladimir Regueiro Ale Ministro