Resolución 258
Texto íntegro
RESOLUCIÓN NO. 258/2019
POR CUANTO: El Banco Central de Cuba, en coordinación con el Ministerio de Economía y Planificación y con el Ministerio del Comercio Exterior y de la Inversión Extranjera, informa periódicamente al Gobierno el total de las obligaciones externas con proveedores extranjeros, sin respaldo de instrumentos bancarios.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 74 de 7 de julio de 2014 del Ministro-Presidente del Banco Central de Cuba, se establece la obligación de los orga-nismos de la Administración Central del Estado, las administraciones provinciales del Po-der Popular, los órganos superiores de dirección empresarial y otras entidades de informar trimestralmente al Banco Central de Cuba, todas las obligaciones financieras externas sin respaldo de instrumentos bancarios.
POR CUANTO: La incorporación de nuevas instituciones al Sistema de Información Bancaria, la variación de la información que se aporta en los modelos a utilizar, así como los períodos para la entrega de la información hacen necesario proceder a la actualización de la citada Resolución No. 74 de 2014.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades conferidas en el
Artículo 25, en relación con el
Artículo 27 del Decreto-Ley No. 361 de 14 de septiembre de 2018, “Del Banco Central de Cuba”,RESUELVOPRIMERO: Los organismos de la Administración Central del Estado, las administra-ciones provinciales del Poder Popular, las organizaciones superiores de dirección empre-sarial, las entidades nacionales y otras instituciones que se decidan, informan al Banco Central de Cuba, a través del Sistema Informativo Bancario (SIB), todas las obligaciones financieras externas que no tengan respaldo de instrumentos bancarios, con una periodi-cidad mensual.
SEGUNDO: Los sujetos mencionados en el apartado Primero, brindan la información requerida, según las metodologías establecidas en los modelos aprobados por la ONEI en el Sistema de Información Estadística Complementaria del Banco Central de Cuba y tienen como plazo de entrega hasta el día quince (15) de cada mes vencido.
TERCERO: La información debe estar acorde con los datos dispuestos en la contabi-lidad de cada sujeto, certificada por el Ministro o dirigente máximo de cada institución, según corresponda, se presenta en la moneda de contratación y debe ser remitida a la Ministra-Presidente del Banco Central de Cuba con copia a la Dirección de Estadísticas del Banco Central de Cuba, según el modelo que se anexa.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Derogar la Resolución No. 74 de 7 de julio de 2014, del Ministro-Pre-sidente del Banco Central de Cuba.
SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a los quince (15) días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
1758 GACETA OFICIAL 21 de octubre de 2019
ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.
DADA en La Habana, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil dieci-nueve. Irma margarita martínez Castrillón Ministra-Presidente Banco Central de Cuba ANEXOFormato del certifico de la deuda sin instrumentos bancarios. La Habana, ......... Año........................... A: Irma Martínez Castrillón Ministra-Presidente Banco Central de Cuba CERTIFICO DE LA DEUDA SIN INSTRUMENTOS BANCARIOS Certifico que la información que se brindó a través de los modelos 1006 y 1007 del Sistema Informativo Bancario (SIB), al amparo de la Resolución No. 258/2019 del Banco Central de Cuba, se corresponde con los valores de las deudas sin instrumentos bancarios, registradas en nuestra institución ______________________________ al cierre del mes de __________ del año _______. (En el caso que corresponda): Existen obligaciones atrasadas por concepto de servicios contratados del exterior y/o pago a organismos internacionales que ascienden a _________ con el detalle siguiente: País Proveedor Importe Concepto Observaciones:_________________________________ Nombre y Firma Ministro o Presidente Organismo de la Administración Central del Estado Presidente o Director General de Organización Superior Dirección Empresarial Copia: Dirección Estadísticas del Banco Central de Cuba.
1759 GACETA OFICIAL21 de octubre de 2019 mINISTERIO______COmERCIO EXTERIORY LA INVERSIÓN EXTRANjERA