Resolución 259
La Resolución No. 259 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. en Cuba. La renovación fue autorizada por el ministro Rodrigo Malmierca Díaz.
- Se autoriza la renovación de la licencia para realizar actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas.
- El objeto de la sucursal será comercializar productos de los capítulos 39, 54, 56, 57, 58, 59 y 83 de la nomenclatura de productos.
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial.
- Tampoco autoriza el comercio mayorista y minorista en general, excepto servicios de posventa y garantía.
- La sucursal no puede distribuir ni transportar mercancías en el territorio nacional.
Texto íntegro
GOC-2018-711-O34 RESOLUCIÓN No. 141/2018
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, establece el pro-cedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del apartado Tercero, del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
951 GACETA OFICIAL21 de noviembre de 2018
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía mexicana PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades comercia-les relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución y atender los negocios de la compañía SintePLASt.TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes:a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior;c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la encargada del Registro Nacional de Su-cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comer-cio de la República de Cuba, a la ministra de Finanzas y Precios, a la presidenta del Banco Central de Cuba, al jefe de la Aduana General de la República, al presidente de la compañía ACOREC, S.A., al director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la presidenta de la compañía ETECSA, al encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinte días del mes de abril de dos mil dieciocho.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera Anexo no. 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COMERCIALES A PIELES SINTÉTICAS, S.A. DE C.V. Descripción Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 54 Filamentos sintéticos o artificiales Capítulo 56 Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería Capítulo 57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil Capítulo 58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados
952 GACETA OFICIAL 21 de noviembre de 2018 Descripción Capítulo 59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil Capítulo 83 Manufacturas diversas de metal común________________