Resolución 259/2023
La Resolución 259/2023 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía alemana SARTORIUS, A.G. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta resolución se emite en virtud del Decreto 32/2021 y otorga facultades específicas a la oficina de representación.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de SARTORIUS, A.G. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- El giro comercial de la oficina es la comercialización de tecnologías de laboratorio y procesos, equipos y insumos para industrias biotecnológicas, farmacéuticas y de alimentos.
- La licencia no autoriza actividades como importar y exportar comercialmente, realizar comercio mayorista y minorista, emitir facturas comerciales, ni distribuir y transportar mercancías.
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se deroga la Resolución 309/2020 que previamente autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de SARTORIUS, A.G.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 259/2023
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representa-ciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierrede las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representaciónen la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 309 de esta propia autoridad, de 24 de juliode 2020, se autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía alemanaSARTORIUS, A.G. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtudde la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía alemanaSARTORIUS, A.G. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitudformulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañíaalemana SARTORIUS, A.G. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía alemanaSARTORIUS, A.G. en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de tecnolo-
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gías de laboratorio y de procesos, especializados en las áreas de la biotecnología y lamecatrónica, equipos de avanzada tecnología e insumos para la industria biotecnológica,farmacéutica, biofarmacéuticas, laboratorios, de bebidas y alimentos, de cosmética y desalud, así como la producción de materiales y equipos de filtración y bioprocesos.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio internacional;
c) emitir facturas comerciales; ni
d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desisti-miento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, elencargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 309 de esta propia autoridad, de 24 de julio de 2020.
NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la directora de la Direcciónde Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Ex-tranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveintisiete días del mes de julio de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro
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