Resolución 26/2016
La Resolución No. 26/2016 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el receso laboral con pago del salario básico para los trabajadores de la provincia de La Habana el 3 de enero de 2017. Esta medida se emite en cumplimiento de la Ley No. 116, "Código de Trabajo", y se fundamenta en la participación de entidades y trabajadores de diferentes sectores en la Revista Militar y marcha del pueblo combatiente.
- Se dispone el receso laboral con pago del salario básico el 3 de enero de 2017.
- La medida aplica a los trabajadores de las entidades de la provincia de La Habana.
- El receso se fundamenta en la participación en la Revista Militar y marcha del pueblo combatiente.
- Se basa en el artículo 100 de la Ley No. 116, "Código de Trabajo".
- La decisión fue adoptada por la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Margarita M. González Fernández.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 26/2016
POR CUANTO: La Ley No. 116, “Código de Trabajo”, de 20 de diciembre de 2013,dispone en su artículo 100 que el receso laboral con pago del salario, se establece pordisposición legal dictada excepcionalmente por los órganos superiores del Estado o Go-bierno o por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social en cumplimiento de la decisióngubernamental y es de aplicación a una actividad, territorio o al país, con los objetivos,período de duración o evento, que se definen en la norma jurídica que lo apruebe.
POR CUANTO: En ocasión de conmemorarse los aniversarios 60 de la Heroica Su-blevación en Santiago de Cuba, del Desembarco de los expedicionarios del yate Granma,el Día de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, el 58 aniversario del Triunfo de la Revo-lución, en homenaje al Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, y dedicado a la juventudcubana, el lunes 2 de enero de 2017, se efectuará en la provincia de La Habana, la Revista Militar y marcha del pueblo combatiente.
POR CUANTO: Teniendo en cuenta que en la concepción del desfile, su aseguramien-to, preparación y desarrollo, participan entidades y trabajadores de diferentes sectores dela provincia de La Habana, que incluye una masiva presencia en la marcha del pueblocombatiente, se ha decidido disponer el receso laboral el martes 3 de enero para los tra-bajadores de esta provincia.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
ÚNICO: Disponer el receso laboral con pago del salario básico el martes 3 de enero delaño 2017, para los trabajadores de las entidades de la provincia de La Habana.
ARCHÍVESE el original de la presente en el protocolo de resoluciones generales de la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 28 días del mes de diciembre de 2016.
Margarita M. González Fernández
Ministra de Trabajo y Seguridad Social