Resolución 260/2010

Sobre el reconocimiento de la categoría "Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)"

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
2010-07-02
Publicada en
Gaceta No. 28 Ordinaria de 2010 (2010-07-13)
Páginas
4–14
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La Resolución No. 260/2010 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente regula el reconocimiento de la categoría 'Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)'. Este reconocimiento se otorga a entidades que han demostrado no utilizar clorofluorocarbonos en sus actividades. La resolución se emite en virtud de las responsabilidades del Ministerio en materia de medio ambiente y como parte del Protocolo de Montreal.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 260/2010

O: Por Acuerdo del Consejo de Est arzo de 2009, quien resuelve fu

- inistro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Mini

- n número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecut

- mero para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambien Cu

- bano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su

- artado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”. que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el

- progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a

- o

sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministeri

- encia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación de

- o Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambien

e la Capa de Ozon

rzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala

lar a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29

artado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría

POR CUANTO: La Empresa de Cementos “26

”, en la provincia de Camagüey, y perteneciente al Ministerio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla,

utilizado clorofluorocarbonos,

o en el cumplimiento de los comen el marco del Pr

TO: La entidad mencionada ha nica de Ozono, por medio de la

- n requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Dele

- rritorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Camagüey, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me

-

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” al Grupo Empresarial EMPRESTUR S.A., en la provincia de H

- Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director del Grupo Empresarial EMPRESTUR S.A., en la provincia de Holguín. Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de L

- o de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 263/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnolo

-

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y

- as disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los org

- anismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de V

- tección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protoc

e ozono del año 19 nacional, a fin de es

tidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Reso

fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que

luye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”. POR CUANT

progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal. POR CUANTO

Oficina Técnica de Ozono, por medio de la doc

n requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y

de Ciencia, Tecnología y Med

o, en correspondencia con los progislación vigente.

as,

R e s u e l v o :

-

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” al Grupo Empresarial TRANSTUR, en la provincia de Guantánamo.

- Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director del Grupo Empresarial TRANSTUR, en la provincia de Guantánamo. Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este M

- edio Ambiente. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCIO

- N No. 264/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el

- tema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de

- encia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así controlar su cumplimiento; así coontrolar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de

- cnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de

- mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución N

- fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero

al, otorgados por

luye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Empresa Empleadora del Níquel, en la provincia de Holguín, y pertene

ustria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el

greso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país e

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se l

de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, doc

n que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Holguín, en

egislación vigente.

R e s u e l v o :

torgar el Reconocimiento “Libre de C s (CFC)” a la Empresa Emplea

- el, en la provincia de Holguín. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director de la E

- Empleadora del Níquel, en la provincia de Holguín. Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Publíquese en la Gace

-

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 265/2010

POR CUANTO: Por Acu

- ha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de

- encia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protec-

- n del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las susta

- e agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministeri

- luye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”. POR CUANTO

nes de la Industria E

provincia de Holguín y perteneciente al Ministerio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los product

ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina T

n requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido veri

rritorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y M

biente en Holguín, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el e

s u e l v o :

cimiento “Libre de

” a la Unidad E

onstrucciones de la Industria Eléc de Holguín.

- Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director de la Unidad Empresarial de Base Empresa de Construcciones de

- stria Eléctrica (ECIE) en la provincia de Holguín. Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Publíquese en la Gace

-

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de t

- 1994, del Comi é Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo

- encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que d

- agotan la capa e ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categor a “Libre de Clorofluorocarbo

- í nos (CFC)”.

POR CUANTO: La Empresa Cervecería Tínima, en la provincia de Cam

ey y perteneciente , ha demostrado q

stria Alimenticia ue en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el

progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la docum

entación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre

de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Cama

güey, en correspondencia con lo ientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,R e

u e l v o :

econocimiento “Libre de Cloroima, en

presa Cervecería Tín

üey.

r intermedio de este, al Director

- inisterio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnol

- edio Ambiente. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco

- y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 267/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los

- jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los org

- anismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Te

- cnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a elimin

- las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Escuela de Hotelería y Turismo, en la provincia de Camagüey, y perteneciente al Ministerio de Tu

- rismo, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los pr ctos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluoroca

onos, lo que evidenci

mplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentarritorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Camagüey, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades

án conferidas,

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Escuela de Hotelería y Turismo, en la provincia de C

Notifíquese la presente al Director de la Oficina

Ozono y por intermedio de este, al Director de la Escuela de Hotelería y Turismo, en la provincia de Camagüey. Comuníquese al Direc

colo de Resoluciones de la Direcde Ciencia, Tecno

nte.

- Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del

- mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 268/2010

POR CUANTO: Por

- Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo. POR CUANTO El Acu

- : erdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia,

- Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias

- que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimi

- luye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Gerencia Territorial SEPSA, en la provincia de Matanzas, y perteneciente al Ministerio del Interior, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

-

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica

otorgue el reconocim

de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Am

biente en Matanzas, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me es

tán conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Gerencia Territorial SEPSA, en la provincia de Matanzas.

Notifíquese la presente al Director de la Oficina

Ozono y por intermedio de este, al Gerente Territorial SEPSA, en la provincia de Matanzas. Comuníquese al Direc

colo de Resoluciones de la Direcsterio logía y

de Ciencia, Tecno

n la Gaceta Oficial de la Repúbl a ciudad de La Habana, en la sed

- io de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barru

- Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 269 /2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2

- inistro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo

- mero para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protec-

- Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la

- tección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso

- las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Empresa de Gr

- rvicios Eléctricos, UEB GEYSEL, en la provincia de Camagüey, y perteneciente al Ministerio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha s

- Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se

rofluorocarbonos (

n que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Camagüey, en co

ientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Empresa de Grupos Electrógenos y Servicios El

Camagüey.

Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director de la Empresa de Grupos Electrógen

e Camagüey.

ctor de Medio Ambiente de este

otocolo de Resolu

e Ministerio de Ciencia, Tecnología nte.

- Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los

- mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 270/2010

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo

- mero para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado

- bano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de

- canismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados p

- luye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: El Hotel Barceló Cayo Santa María, en la provincia de Villa Clara, y perteneciente al Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del P

- rotocolo de Montreal. POR CUANTO

idad mencionada e Ozono, por medi

cina Técnica d o de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificad

a y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Villa Clara, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislació

n vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están confer

idas,

R e s u e l v o :

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de

orocarbonos (CFC)” al Hotel Barceló Cayo Santa María, en la provincia de Villa Clara. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedi

o de este, al Director del Hot

a, en la provincia de Villa Clara. or de de est

Medio Ambiente

de este Ministerio de Ciencia, T

- dio Ambiente. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los

- 2 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 271/2010

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

-

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de

- 85, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un siste

- el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Hotel Rancho Hatuey, en la provincia de Sancti Spíritus, y perteneciente al Ministerio de Turismo, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el

- marco del Protocolo de Montreal. POR CUANTO

e Ozono, por medi reconocimiento

de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO:

tán conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” al Hotel Rancho

cia de Sancti Spíritus. Notifíque

Ozono y por intermedio de este, al Director del Hotel Rancho Hatuey, en la provincia de Sancti Spíritus. Comuníquese al

inisterio.

Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Oficial de la República.

La Habana, en la sede del Minisedio Ambiente, a lo

10.

Dr. José M. Miyar BMinistro de Ciencia, T

- y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 272/2010

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control

- jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los org

- anismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias qu

- e agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su

- Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

- rista de Medicamentos, en la provincia de Matanzas, y perteneciente al Ministerio del Interior, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que eviden

- misos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnolog

- biente en Matanzas, en correspondencia con los procedimientos establec dos en la legislación vigente.

POR TANTO:

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Unidad Empresarial de Base M

ayorista de Medicamentos, en la provincia de Matanzas. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director de la Unidad Empresarial de Base Mayorista de Medicamentos, en

la provincia de Matanzas.

Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de e

ste Ministerio de Ciencia, Tecnología edio Ambiente.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnolo

gía y Medio Ambiente, a los 10.

Dr. José M. Miyar Barrueco

ro de Ciencia, Tecnología

Minist y Medi

________________

- RESOLUCION No. 273/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fec

- ha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otr

- as disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, plan

- cnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003,

- fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Unidad Empresarial de Base Mayo-

- ta de Medicamentos (EMCOMED), en la provincia de Holguín, y perteneciente al Ministerio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

-

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Holguín, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

-

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a

ayorista de Medicamentos (EMCOMED), en la provincia de Holguín. Notifíquese la presente al Director de la Oficina

Ozono y por intermedio de este, al Director de la Unidad Empresarial

MCOMED), en la provincia de Holguín. Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio.

Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la

n Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Publíquese en la Gaceta

La Habana, en la sede del Mini

gía y Medio Ambiente, a los 2 días

Dr. José M.

Ministro de Ciencia, Tec y Medio Ambi

- ________________RESOLUCION No. 274/2010

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado

- de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de

- ema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, plan

- n del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso

- las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que

- luye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: El Hotel Villa La Granjita-Hostal Mascotte, en la provincia de Villa Clara, y perteneciente al Ministerio del Turismo, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país e

- n el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Villa Clara, en correspondencia con los procedim i

- ientos establec dos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Cloroflu

orocarbonos (CFC)” al Hotel Villa La Granjita-Hostal Mascotte, en la provincia de Villa Clara. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director del Hotel Vi

lla La Granjita-Hostal Mascotte, en la provincia de Villa Clara.

n Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Publíquese en la

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede de

io de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de 2010.Dr.

inistro de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

______

LUCION No. 275

TO: Por Acuerdo del Consejo de

- ha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de nov

- 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El A

- 01 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresp

- cnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003,

- fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Unidad Empresarial de Base Mayo-

- a de Medicamentos, en la provincia de Sancti Spíritus, y perteneciente al Ministerio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad men

- Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documenta-

- Ambiente en Sancti Spíritus, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (C

mentos, en la provin

Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director de la Unidad Empresarial de Base Mayorista de Medicamentos, en la provincia de

Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Cienci

edio Ambiente. Publíquese e

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del mes de julio de

Dr. José M. Miyar Barr

Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ____

ION No. 276/2010

o del Consejo de Es

2009, quien resu

iencia, Tecnología y Medio Ambi TO: El Acuerdo de fecha 25 d

- 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facul

- facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, núm

- encia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como part

- tección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Central Termoeléctrica 10 de octu-

- , en la provincia de Camagüey, y perteneciente al Ministerio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos

- umidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Am

- biente en Camagüey, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Central Termoeléctrica 10 de octubre, en la provincia de Camagüey. Notifíquese la resente al Director de la Oficina Técnica

- p de Ozono y por intermedio de este, al Director de la Central Termoeléctrica 10

Director de Medio

isterio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 2 días del

Dr. José M. Miyar Barrueco

y Medio Ambiente ________________