Resolución 261

Reglamento de Operación y de Orden Interno de la Administración Portuaria de La Habana

Organismo
Ministerio del Transporte
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 12 Ordinaria de 2006 (2006-03-01)
Páginas
5–6
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El Reglamento de Operación y de Orden Interno de la Administración Portuaria de La Habana regula las actividades de uso, aprovechamiento, explotación, operación, administración y prestación de servicios marítimo-portuarios en el puerto de La Habana. Fue emitido por el Ministerio del Transporte.

Texto íntegro

Decreto-Ley No. 147, denominado DE LA REORGA- NIZACION DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL ESTADO, de 21 de abril de 1994, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros adoptó el Acuerdo número 2832 con fecha 25 de noviembre de 1994, mediante el cual aprobó con carácter provisional y hasta tanto sea dictada la nueva legislación, el objetivo y las atribuciones específicas del Ministerio del Transporte; Acuerdo que en su Apartado Segundo dispone que dicho Ministerio es el organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en cuanto al transporte terrestre, marítimo y fluvial, sus servicios auxiliares y conexos y la navegación civil marítima.

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POR CUANTO: En correspondencia con lo establecido en el Decreto-Ley No. 230 “DE PUERTOS”, de fecha 13 de septiembre del 2002, y con la aprobación del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, tal y como lo dispone el

Artículo 26.4 de dicho cuerpo legal; por Resolución No. 144 de 30 de agosto del 2005 del que RESUELVE, se creó la ADMINISTRACION PORTUARIA DE LA HABANA.

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POR CUANTO: El

Artículo 60.1 del referido Decreto- Ley dispone que cada administración de puerto, entre otras, elaborará el Reglamento de Operaciones y de Orden Interno, el cual será presentado a la Administración Portuaria Nacional para su revisión y posterior aprobación por el Ministerio del Transporte, según lo previsto en el

Artículo 60.2 de dicho cuerpo legal.

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POR CUANTO: La Administración Portuaria Nacional ha sometido a la aprobación del que RESUELVE, el REGLAMENTO DE OPERACION Y DE ORDEN INTERNO de la ADMINISTRACION PORTUARIA DE LA HABANA, el que responde a los requisitos establecidos en el Decreto No. 274, de 27 de febrero del 2003, mediante el cual se puso en vigor el Reglamento del Decreto-Ley No. 230; por lo que resulta necesario dictar la norma correspondiente.

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POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros al amparo de lo dispuesto en la Disposición Final Séptima del precitado Decreto-Ley número 147 de 21 de abril de 1994, adoptó el Acuerdo número 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, el que en su Apartado Tercero esta-

- blece los deberes, atribuciones y funciones comunes de los organismos de la Administración Central del Estado y de sus jefes, entre los que se encuentran, de conformidad con el numeral 4), "Dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población".

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POR CUANTO: Por acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba de fecha 19 de junio del 2003, se designó al que RESUELVE en el cargo de Ministro del Transporte.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Aprobar y poner en vigor el REGLAMENTO DE OPERACION Y DE ORDEN INTERNO de la ADMINISTRACION PORTUARIA DE LA HABANA, el cual queda como sigue:

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

SECCION PRIMERA

Objetivo y Alcance

- ARTICULO 1.-El presente Reglamento tiene por objeto regular las actividades de uso, aprovechamiento, explotación, operación, administración y la prestación de los servicios marítimo-portuarios en el puerto de La Habana.

- ARTICULO 2.-Los servicios marítimos portuarios que se prestan en el puerto de La Habana deben responder a las reglas contenidas en este Reglamento, las que se ajustan a las características de dicho puerto y a lo establecido en el