Resolución 263

Modificación de la Licencia de la sucursal de SOCIEDAD ANONIMA ESPAÑOLA IBERTEST, S.A.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 50 Ordinaria de 2008 (2008-08-20)
Páginas
5
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La Resolución No. 263 del Ministerio del Comercio Exterior modifica la licencia de la sucursal de la sociedad anónima española Ibertest, S.A. en Cuba. Esta resolución se emite en virtud de las facultades conferidas al Ministerio del Comercio Exterior para dirigir y controlar la política de comercio exterior.

Texto íntegro

RESOLUCION Nº 263 de 2008

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 25 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.

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POR CUANTO: El Decreto Nº 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 233, de fecha 6 de julio de 2007, dictada por el que Resuelve, fue autorizada la renovación de la Licencia de la sucursal de la firma española SOCIEDAD ANONIMA ESPAÑOLA IBERTEST, S.A. (S.A.E. IBERTEST).

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POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve la solicitud de modificación del objeto de la sucursal a partir de la renovación de la Licencia de la firma española citada anteriormente.

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POR CUANTO: Del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo de 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Modificar el Resuelvo SEGUNDO de la