Resolución 882/2016
La Resolución No. 882/2016 del Ministerio de la Construcción amplía la licencia a la Empresa Mixta ENERGAS S.A. para ejercer como Proyectista. La licencia original, otorgada en 2014, fue renovada en 2016 y ahora se amplía para incluir servicios de proyectista.
- Se autoriza a ENERGAS S.A. a ejercer como Proyectista en servicios técnicos de proyectos y servicios de ingeniería.
- Los servicios se limitarán a acciones en el proceso tecnológico de la propia entidad en Santa Cruz del Norte, sin ejecución para terceros.
- La ampliación de la licencia es válida hasta el vencimiento de la licencia original como Constructor, otorgada el 30 de marzo de 2016.
- La entidad no está certificada bajo las Normas ISO-9000 vigentes en cuanto a su Sistema de Gestión de la Calidad.
- El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 882/2016
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641, de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece, entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras,que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier for-ma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328, de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad mediante la Reso-lución No. 184, de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Li-citaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscrita al Ministrode la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores dela República de Cuba, y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa Mixta ENERGAS, S.A., con domicilio social en la pro-vincia de Matanzas, ha solicitado la Ampliación de la Licencia No. 930/14, vigente hastael 9 de abril de 2018, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución No.118,de 24 de marzo de 2016, para ejercer como Constructor, para que se le autorice, además,a ejercer como Proyectista.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solici-tudes de Ampliación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscrito ala Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servi-cios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presi-dente de la Comisión Nacional el expediente incoado, el que, con sus recomendaciones,ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa MixtaENERGAS S.A., con domicilio social en la provincia de Matanzas.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Ampliación de la Licencia solicitada por la Empresa MixtaENERGAS S.A., con domicilio social en la provincia de Matanzas, en el Registro Nacio-nal de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Serviciosde la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Ampliación de la Licencia, otorgada al amparo de la presente Resolución, la Empresa Mixta ENERGAS, S.A. podrá ejercer como Proyectista, autori-zada para la realización los siguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados
1. Servicios Técnicos:
- a)Servicios técnicos de proyectos y servicios de ingeniería para la reconstrucción,renovación, reparación y mantenimiento.
1.1. Tipos de Objetivos:
- a)Acciones solo en el proceso tecnológico de la propia entidad ENERGAS, S.A. en Santa Cruz del Norte, no debiéndose ejecutar dichos trabajos para terceros.
TERCERO: La Ampliación de la Licencia que, para ejercer como Proyectista, seotorgue al amparo de la presente Resolución, se expedirá por el término que restapara el vencimiento de la Licencia que, como Constructor, le fuera concedida el 30 demarzo de 2016.
CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestiónde la Calidad por las Normas ISO–9000 vigentes.
QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.
COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Ins-pección Estatal de la Construcción.
ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 10 días del mes de agosto de 2016.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
________________