Resolución 219/2016

Autorización para brindar servicios de Acceso a Internet al Público

Organismo
Ministerio de Comunicaciones
Fecha emisión
2016-10-17
Publicada en
Gaceta No. 47 Ordinaria de 2016 (2016-11-21)
Páginas
23–24
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Esta resolución autoriza a la Unión de Jóvenes Comunistas para brindar servicios de Acceso a Internet al Público a través del Hotel Altahabana. La autorización es emitida por el Ministerio de Comunicaciones, según sus funciones específicas en materia de telecomunicaciones y servicios informáticos.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 219/2016

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Consejo de Ministros, de fecha 28 de febrerode 2013, en su numeral Cuatro, apartado Primero, dispone que el Ministerio de Comuni-caciones tiene, como función específica, la de ordenar, regular y controlar los servicios detelecomunicaciones, radiocomunicaciones, informáticos y postales, nacionales e interna-cionales, la gestión de los recursos comunes y limitados en materia de dichos servicios yla implementación de los mismos.

POR CUANTO: La Resolución No. 179 “Reglamento para los proveedores de serviciosde acceso a internet al público”, de fecha 7 de octubre de 2008, tal como quedó modifi-cada por la Resolución No. 102, de fecha 16 de junio de 2011, ambas del Ministro de la Informática y las Comunicaciones, establece en sus artículos 6 y 9 el procedimiento deautorización a las entidades que desean brindar servicios de acceso a internet al público.

POR CUANTO: La Unión de Jóvenes Comunistas ha solicitado autorización al Minis-tro de Comunicaciones para que el Hotel Altahabana, perteneciente a dicha organización,pueda brindar servicios de Acceso a Internet al Público; por lo que se ha consideradoacceder a su solicitud, al valorar sus características y los servicios que están interesadosen prestar a personas naturales, así como las condiciones creadas para brindarlos.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en elartículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Autorizar a la Unión de Jóvenes Comunistas para que a través del Hotel Altahabana, perteneciente a dicha organización, opere como Proveedor de Servicios de Acceso a Internet al Público, los que prestan a personas naturales a través de áreas de Internetacondicionadas para ello, las cuales se inscriben previamente en este Ministerio.

SEGUNDO: El Hotel Altahabana brinda los servicios de Acceso a Internet al Público através de la plataforma tecnológica “NAUTA”, de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., y cumple con lo regulado en el Reglamento de los proveedores de serviciosde acceso a Internet al Público.

NOTIFÍQUESE a la primera secretaria del Comité Nacional de la Unión de Jóvenes Comunistas, al director del Hotel Altahabana y al presidente ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A.

COMUNÍQUESE a los viceministros, a los directores generales de Comunicaciones,Informática y de la Oficina de Seguridad para las Redes Informáticas, a los directores de Regulaciones, Inspección y de las oficinas territoriales de control, todos del Ministeriode Comunicaciones.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 17 días del mes de octubre de 2016.

Maimir Mesa Ramos

Ministro de Comunicaciones

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