Resolución 27/2002
La Resolución No. 27/2002 de la Aduana General de la República establece las normas para la aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero. Estas normas regulan las condiciones, trámites y formalidades para la concesión y control del régimen. La resolución emana de la facultad otorgada por el Decreto-Ley No. 162 de Aduanas.
- Regula el Régimen de Tránsito Aduanero (Artículo 1).
- Es complementaria del Decreto-Ley No. 162 de Aduanas.
- Deroga la Resolución No. 11/97 del Jefe de la Aduana General.
- Entra en vigor a partir del 1 de enero de 2003.
- Se aplica a todo el Sistema de Órganos Aduaneros y otras entidades.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 27/2002
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POR CUANTO: La Disposición Final Segunda del Decreto-Ley No. 162, de Aduanas, de 3 de abril de 1996, faculta expresamente al Jefe de la Aduana General de la República para dictar las normas complementarias necesarias para la mejor ejecución de lo dispuesto en dicho Decreto-Ley, así como para establecer los términos, plazos y forma en que deberán cumplimentarse las declaraciones, formalidades, entrega de documentos, notificaciones e informaciones a presentar a la Aduana previstos en el mismo.
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POR CUANTO: La Resolución No. 11/97, de 14 de abril de 1997, del Jefe de la Aduana General de la República, puso en vigor las Normas para la Aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero, las que requieren ser adecuadas, para la mejor ejecución de lo dispuesto en el antes mencionado Decreto-Ley No. 162, referido a dicho Régimen Aduanero y en concordancia con el proceso de modernización que se lleva a cabo por la Aduana General de la República.
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POR CUANTO: Se hace necesario establecer las Normas para la Aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero en las condiciones actuales de nuestro comercio exterior.
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POR CUANTO: El que resuelve, fue designado Jefe de la Aduana General de la República por Acuerdo No. 2867 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 3 de marzo de 1995.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Poner en vigor las Normas para la Aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero, las que se anexan a esta Resolución formando parte integrante de la misma.
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SEGUNDO: La presente Resolución comenzará a regir a partir del 1 de enero del 2003.
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TERCERO: Se deroga la Resolución No. 11, de 14 de abril de 1997, del Jefe de la Aduana General de la República.
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CUARTO: Comuníquese la presente a todo el Sistema de Organos Aduaneros, al Ministerio de Transportes, a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, y a cuantas más personas naturales y jurídicas corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento y archívese el original en la Dirección de Asuntos Legales de esta Aduana General de la República.
DADA en la Aduana General de la República, en Ciudad de La Habana, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dos.
Pedro Ramón Pupo Pérez
Jefe de la Aduana General
de la República
ANEXO No. 1
NORMAS PARA LA APLICACION
DEL REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTICULO 1.-Las presentes normas regulan las condiciones, trámites y formalidades aplicables para la concesión del disfrute del Régimen de Tránsito Aduanero y su control, en lo adelante régimen, son complementarias del Decreto-