Resolución 27/2022

Autorización de inscripción de oficina de representación de MERINTER, EXPORTACIONES, IMPORTACIONES Y MARKETING, SPA

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 12 Ordinaria de 2022 (2022-02-03)
Páginas
7–9
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La Resolución 27/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de MERINTER, EXPORTACIONES, IMPORTACIONES Y MARKETING, SPA en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 27/2022

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacio-nes comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulacionesgenerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinasde representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la Repú-blica de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 294, de 17 de octubre de 2017, se autorizó larenovación de la licencia de la sucursal de la compañía chilena MERINTER, SPA en el Re-gistro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito ala Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtudde la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32 de la oficina de repre-sentación de la compañía chilena MERINTER, EXPORTACIONES, IMPORTACIONESY MARKETING, SPA y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitudformulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía chi-lena MERINTER, EXPORTACIONES, IMPORTACIONES Y MARKETING, SPA en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía chile-na MERINTER, EXPORTACIONES, IMPORTACIONES Y MARKETING, SPA en Cuba, a partir de su inscripción, es la compra, venta, producción, importación, expor-tación y comercialización de bienes tales como: materias primas, envases plásticos,envases flexibles, envases de hoja de lata, envases de acero, tapas plásticas, preformasdesechables, papel de aluminio y film retráctil, así como alimentos congelados, carnes ycortes especiales, quesos, pescados, frutas, hortalizas, confituras, golosinas y galletas.Materiales de construcción como piso cerámico, revestimiento, losas, cemento cola,juntas y madera; además, se adjunta, en el Anexo Único que forma parte integrante de lapresente Resolución, la nomenclatura de mercancías autorizadas a los efectos de la aproba-ción por la autoridad competente del régimen aduanal correspondiente.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:

a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;

b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios,excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contra-tos que amparan las operaciones de comercio internacional; ni

c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederáal archivo del expediente incoado.

SEXTO: Derogar la Resolución 294 de esta propia autoridad, de 17 de octubre de 2017.

NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.

COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direc-ción de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveintiséis días del mes de enero de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.

Rodrigo Malmierca Díaz

Ministro

ANEXO ÚNICO

NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADOS A LA OFICINADE REPRESENTACIÓN DE MERINTER, EXPORTACIONES,IMPORTACIONES Y MARKETING, SPA

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