Resolución 275
La Resolución No. 275 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de derechos mineros de reconocimiento en Ofiolitas Cuba Central. Fue emitida por la Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, en ejercicio de sus facultades conferidas por la Ley de Minas.
- Se extingue el derecho minero de reconocimiento otorgado al Instituto de Geología y Paleontología en el área Ofiolitas Cuba Central (Artículo Primero).
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras (Artículo Segundo).
- El permisionario debe cumplir obligaciones pendientes, especialmente las relacionadas con el medio ambiente (Artículo Tercero).
- Se deroga la Resolución No. 313 de 2003, que otorgó el permiso de reconocimiento (Artículo Cuarto).
- La Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República (Artículo Quinto).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 275
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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado al Instituto de Geología y Paleontología mediante la Resolución No. 313, de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, para la realización de trabajos de reconocimiento en el área denominada Ofiolitas Cuba Central.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de los derechos mineros de reconocimiento, otorgados mediante la Resolución No. 313, de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, al Instituto de Geología y Paleontología, en el área denominada Ofiolitas Cuba Central.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: El permisionario está obligado a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgados los derechos de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 313 de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, mediante la cual se otorgó el permiso de reconocimiento al Instituto de Geología y Paleontología, en el área denominada Ofiolitas Cuba Central.
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QUINTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
NOTIFIQUESE a la Directora General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director del Instituto de Geología y Paleontología.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 20 días del mes de noviembre de 2006.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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