Resolución 276

Modificación de la Resolución 26/2015 sobre comercialización de equipos de cocción

Organismo
Ministerio del Comercio Interior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 78 Extraordinaria de 2020 (2020-12-18)
Páginas
35–36
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La Resolución 276 modifica la Resolución 26/2015 sobre comercialización de equipos de cocción. Regula la venta de estos equipos en tiendas en pesos cubanos mediante créditos bancarios. La emite el Ministerio del Comercio Interior.

Texto íntegro

RESOLUCÓN 161/2020

POR CUANTO: El Decreto-Ley 17, “De la Implementación del Proceso de Ordena-miento Monetario”, de 24 de noviembre del 2020, establece la unificación monetaria ycambiaria.

POR CUANTO: La Resolución Presidencial 4, de 10 de febrero del 2015, apruebael Reglamento Orgánico del Ministerio del Comercio Interior, el cual en su capítulo IV,sección Primera, artículo 18.4, establece entre las atribuciones y obligaciones comunesdel Ministro, la de dictar en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, reso-luciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismoy, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las enti-dades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

POR CUANTO: La Resolución 26, de 30 de marzo del 2015, emitida por la titular deeste organismo, establece las “Indicaciones para la comercialización minorista de equiposde cocción de alimentos, en las tiendas comercializadoras en pesos convertibles y en lastiendas de la red de comercio minorista en pesos cubanos, mediante créditos bancarios.”

POR CUANTO: Al decretarse la unificación monetaria, se hace necesario atemperarla referida Resolución 26 del 2015, en correspondencia con las condiciones actuales y, enconsecuencia, modificar la misma.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el artículo 145 inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Modificar el título de la Resolución 26, de 30 de marzo del 2015, emitidapor la titular de este Organismo, el que queda redactado de la manera siguiente:

“Indicaciones para la comercialización minorista de equipos de cocción de alimentosen las tiendas comercializadoras y en las tiendas de la red de comercio minorista en pesoscubanos, mediante créditos bancarios”.

SEGUNDO: Modificar la indicación séptima de la Resolución 26, de 30 de marzodel 2015, emitida por la titular de este Organismo, la que queda redactada de la manerasiguiente:

“7. Los servicios de garantía y posventa de los equipos que se venden en las tiendascomercializadoras, se continúan realizando en los talleres que actualmente lo prestan,los que se irán transfiriendo gradualmente a los talleres de las empresas provinciales deservicios personales y técnicos del hogar existentes en todos los municipios del país,independientemente de la provincia donde se hayan adquirido. Estos últimos son los en-cargados de prestar servicios de garantía y posventa para la cocina de una hornilla que secomercializa en las tiendas en pesos cubanos.”

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 de enero del 2021.

COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales, directores y jefes de de-partamentos del organismo.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE en la Dirección Jurídica de este Organismo.

DADA en La Habana, a los 11 días del mes de diciembre del 2020.

Betsy Díaz Velázquez

Ministra del Comercio Interior

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