Resolución 290/2022
La Resolución 290/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de FERRETERÍA UNCETA, S.A., una compañía española, en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de FERRETERÍA UNCETA, S.A. (Artículo PRIMERO)
- El giro comercial es la comercialización de ferretería industrial en general (Artículo SEGUNDO)
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa con carácter comercial (Artículo TERCERO.a)
- La licencia no autoriza el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios (Artículo TERCERO.b)
- La entidad debe formalizar su inscripción en 90 días, contados a partir de la entrada en vigor de la Resolución (Artículo QUINTO)
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 290/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación ycierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de re-presentación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 287, de 18 de octubre de 2019, se autorizó larenovación de la licencia de la sucursal de la compañía española FERRETERÍA UNCETA,S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje-ras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en vir-tud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía españolaFERRETERÍA UNCETA, S.A. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a lasolicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía espa-ñola FERRETERÍA UNCETA, S.A. en el Registro Nacional de Representaciones Comer-ciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía españolaFERRETERÍA UNCETA, S.A. en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercializaciónde ferretería industrial en general y además se adjunta, en el Anexo Único que forma parteintegrante de la presente Resolución, la nomenclatura de mercancías autorizadas a los efec-tos de la aprobación por la autoridad competente del régimen aduanal correspondiente.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional; ni
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 287 de esta propia autoridad, de 18 de octubre de 2019.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveinte días del mes de julio de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
ANEXO ÚNICO
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA A LA OFICINADE REPRESENTACIÓN DE LA COMPAÑÍA FERRETERÍA UNCETA, S.A.
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