Resolución 272

Prórroga de suspensión de trabajos mineros

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 40 Ordinaria de 2002 (2002-07-23)
Páginas
5
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 272 del Ministerio de la Industria Básica prorroga la suspensión de trabajos mineros de investigación geológica en el área Ampliación de ABC, autorizados originalmente en 2000. Esta prórroga se otorga debido a las condiciones financieras desfavorables que impiden la continuación de los trabajos. La resolución es emitida por el Ministro de la Industria Básica en virtud de las facultades conferidas.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 272

-

POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la prórroga a la suspensión de las actividades mineras.

-

POR CUANTO: Commercial Caribbean Níckel S.A. ha solicitado autorización de prórroga al plazo de suspensión a los trabajos mineros de investigación geológica para el área Ampliación de ABC, autorizados mediante el Acuerdo No. 3757 de 11 de septiembre del 2000 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

-

POR CUANTO: Se mantienen en la actualidad las condiciones financieras desfavorables, lo que imposibilita la recaudación de los fondos necesarios para la continuación de los trabajos mineros.

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.

-

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Otorgar a Commercial Caribbean Níckel S.A. la prórroga a la suspensión de los trabajos mineros de investigación geológica para el área Ampliación de ABC, autorizados mediante el Acuerdo No.3757 de 11 de septiembre del 2000 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

-

SEGUNDO: La prórroga a la suspensión de los trabajos mineros que se otorga vencerá el 31 de diciembre del 2002.

-

TERCERO: Commercial Caribbean Níckel S.A. está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas y lo dispuesto en la Ley de Minas y la legislación complementaria.

NOTIFIQUESE a Commercial Caribbean Níckel S.A., y a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 15 días del mes de julio del 2002.

Marcos Portal León

Ministro de la Industria Básica

______________