Resolución 279
La Resolución No. 279 del Consejo de Estado de la República de Cuba regula la ratificación de acuerdos comerciales y de exención de visado. El Consejo de Estado, en virtud de sus atribuciones constitucionales, ratifica acuerdos internacionales y designa embajadores.
- Ratificación del Acuerdo Comercial entre Cuba y Kuwait
- Ratificación del Acuerdo de Exención de Visado entre Cuba y Sudáfrica para portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio
- Designación de embajadores en varios países, incluyendo Austria, Bulgaria, Italia, Malta, Corea, Bahamas, Guinea, Camboya y República Dominicana
- Acreditación concurrente de embajadores en varios países
- Promoción y designación de Tomás Benítez Hernández como Ministro de la Industria Básica
Texto íntegro
Resolución No. 269/11
ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIAEDICIÓN ORDINARIA LA HABANA, JUEVES 28 DE JULIO DE 2011 AÑO CIXSitio Web: http://www.gacetaoficial.cu/ — Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 878-3849, 878-4435 y 873-7962 Número 25 Página 691--Gaceta Oficial No. 025 Ordinaria de xx de xxxxxxxx de 2011 CONSEJO DE ESTADO______ RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93 inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”:SABED: Que el diecisiete de julio de 2010, fue firmado en La Habana, el Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno del Estado de Kuwait. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha cinco de mayo de 2011 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno del Estado de Kuwait. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día treinta de mayo de 2011 acordó la ratificación de Cuba al citado Acuerdo. QUE el día nueve de junio de 2011 la República de Cuba le comunicó al Estado de Kuwait el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor de dicho Acuerdo y, a su vez, el veintinueve de junio de 2011, el Estado de Kuwait le comunicó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos para su entrada en vigor ese propio día, conforme al artículo 8 del mismo.
POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMAen la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los once días del mes de julio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93 inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”:SABED: Que el siete de diciembre de 2010, fue firmado en La Habana, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Sudáfrica sobre la Exención de Visado para los Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha veinticinco de abril de 2011 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Sudáfrica sobre la Exención de Visado para los Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día dieciséis de mayo de 2011 acordó la ratificación de Cuba al citado Acuerdo. QUE el día catorce de marzo de 2011 la República de Sudáfrica le comunicó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor de dicho Acuerdo y, a su vez, el dieciséis de mayo de 2011, la República de Cuba le comunicó a la República de Sudáfrica el cumplimiento de sus requisitos legales internos para su entrada en vigor ese propio día, conforme al artículo 11 del mismo.
POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMAen la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los once días del mes de julio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Disponer que JUAN CARLOS MARSÁN AGUILERA, quien ocupa el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante el
GACETA OFICIAL 28 de julio de 2011692 Gobierno de la República de Austria se acredite también, como concurrente, ante el Gobierno de la República de Croacia en sustitución de Norma Miguelina Goicochea Estenoz, quien concluye su misión.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los ocho días del mes de junio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Disponer que TERESITA DE JESÚS ILU- MINADA CAPOTE CAMACHO, quien ocupa el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba ante la República de Bulgaria se acredite también, como concurrente, ante el Gobierno de la República de Macedonia en sustitución de Gerardo Suárez Álvarez, quien concluye su misión.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los ocho días del mes de junio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso g) de la Constitución de la República, y a propuesta de su Presidente, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Promover y designar al compañero TOMÁS BENÍTEZ HERNÁNDEZ, en el cargo de Ministro del Ministerio de la Industria Básica.
SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo al interesado, al Secretario del Consejo de Ministros y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los veinticinco días del mes de junio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Disponer que MILAGROS CARINA SO- TO AGÜERO, quien ocupa el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba ante la República Italiana se acredite también, como concurrente, ante el Gobierno de la República de Malta en sustitución de Rodney Alejandro López Clemente, quien concluye su misión.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los veintiocho días del mes de junio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90 inciso q) de la Constitución, y a propuesta del Fiscal General, tal como establece la Ley No. 83 de 1997 “De la Fiscalía General de la República”, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Designar a la compañera MARIANELA PÉREZ ABILLUD en el cargo de Fiscal de la Fiscalía General de la República.
SEGUNDO: Comuníquese este Acuerdo a la interesada, al Fiscal General y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los veintiocho días del mes de junio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Designar a GERMÁN HERMÍN FERRÁS ÁLVAREZ en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República.
SEGUNDO: Disponer que GERMÁN HERMÍN FE- RRÁS ÁLVAREZ, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de la República Popular Democrática de Corea en sustitución de José Manuel Galego Montano, quien concluye su misión.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a primero de julio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90,
28 de julio de 2011 GACETA OFICIAL 693 inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Designar a ERNESTO SOBERÓN GUZ- MÁN en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República.
SEGUNDO: Disponer que ERNESTO SOBERÓN GUZ- MÁN, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de la Mancomunidad de Las Bahamas en sustitución de José Luis Ponce Caraballo, quien concluye su misión.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a primero de julio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Designar a MAITÉ RIVERO TORRES en el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República.
SEGUNDO: Disponer que MAITÉ RIVERO TORRES, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de la República de Guinea en sustitución de Carlos Gutiérrez Corrales, quien concluye su misión.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los cinco días del mes de julio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Designar a JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ VARONA en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República.
SEGUNDO: Disponer que JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ VARONA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno del Reino de Cambodia en sustitución de Bárbara Gilda López Armenteros, quien concluye su misión.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los once días del mes de julio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Designar a ALEXIS BANDRICH VEGA en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República.
SEGUNDO: Disponer que ALEXIS BANDRICH VE- GA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de la República Dominicana en sustitución de Juan Domingo Astiasarán Ceballo, quien concluye su misión.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los trece días del mes de julio de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de EstadoMINISTERIOS ______COMERCIO EXTERIOR Y LA INVERSIÓN EXTRANJERA