Resolución 64/2008

Modificación de la Unidad Presupuestada de Servicios de Guantánamo

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 24 Ordinaria de 2008 (2008-05-05)
Páginas
8–9
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La Resolución No. 64/2008 modifica la Unidad Presupuestada de Servicios de Guantánamo, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Esta resolución es emitida por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 64/2008

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 19 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la Organización de la Administración Central del Estado” en su

Artículo 33 establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los viceministros primeros.

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POR CUANTO: El Acuerdo adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de noviembre de 1994, con número 2817 para control administrativo, en su Apartado Tercero, numeral 4, faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, para “Dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población”.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 158/89 de fecha 8 de julio de 1989 de la Presidenta de la Academia de Ciencias de Cuba, se crea la Unidad Presupuestada de Servicios de la Academia de Ciencias de Guantánamo.

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POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 147 de fecha 21 de abril de 1994, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, esta-

- blece en su

Artículo 11 que “La Academia de Ciencias de Cuba se denominará Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente”.

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POR CUANTO: El mencionado Decreto-Ley en su Disposición Final Segunda establece que “Los organismos a los que se le modifican las denominaciones, así como los órganos y organismos a los que se transfieren las atribuciones, funciones, obligaciones y derechos de los extinguidos, se consideran como continuadores de éstos y subrogados en su lugar a todos los efectos legales, ...”.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 22/08 de fecha 16 de enero de 2008, del Ministerio de Economía y Planificación se autoriza la modificación del objeto social de la Unidad Presupuestada de Servicios del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de Guantánamo.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

- PRIMERO Modificar el Apartado Primero de la Resolución No. 158/89 de 8 de julio de 1989 de la Presidenta de la Academia de Ciencias, el cual queda redactado de la forma siguiente:

PRIMERO: Crear la Unidad Presupuestada de Servicios del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de Guantánamo, la que tiene su sede en la ciudad de Guantánamo, subordinada a la Delegación Territorial de este Ministerio en dicha Provincia, el objeto de esta Unidad Presupuestada es el siguiente:

- z Brindar servicios de mantenimiento constructivo a instalaciones, así como de ejecución de obras constructivas menores y medianas, a entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- z Comercializar de forma mayorista equipos de oficina, de computación, climatización, refrigeración, audiovisuales y medios técnicos específicos de la actividad científica, muebles materiales de oficina, artículos de aseo y limpieza, de ferretería y productos varios, piezas de repuesto e instrumentos para la actividad científica a las entidades del Ministerio en la provincia, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior , en pesos cubanos.

- z Brindar servicios de alojamiento no turístico y de alimentación asociados a éste, a entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología a y Medio Ambiente y a otras instituciones del sistema de la ciencia, en pesos cubanos.

- z Ofrecer servicios de organización de eventos y de alimentación asociada, gestión de local audio, video y equipos de cómputo para la muestra de diapositivas, en eventos a las entidades del sistema de ciencia en la provincia, en pesos cubanos.

- z Brindar servicios de transportación, distribución y entrega de cargas a partir de las capacidades disponibles, cumpliendo con las regulaciones del Ministerio del Transporte a las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos cubanos.

- z Prestar servicios de reparación, mantenimiento y remotorización de vehículos ligeros y pesados así como de servicios de chapistería, pintura, lavado y engrase a las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia en pesos cubanos.

- z Ofrecer servicios administrativos a las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia, en pesos Cubanos.

- z Ofrecer servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores y a los de las entidades del Ministerio, en pesos cubanos.

- z Comercializar de forma minorista los excedentes del autoconsumo a los trabajadores de las entidades del Ministerio en la provincia, según nomenclatura aprobada, en pesos cubanos.

- z Brindar servicios de almacenaje, al sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en pesos cubanos.

- SEGUNDO Modificar el Apartado Tercero de la Resolución No. 158/89 de 8 de julio de 1989 de la Presidenta de la Academia de Ciencias, el cual queda redactado de la forma siguiente:

TERCERO: La dirección y administración de esta Unidad Presupuestada, está a cargo de su Director, el que es nombrado y removido libremente por el Delegado territorial de este Ministerio en la Provincia de Guantánamo.

Comuníquese la presente, con entrega de copia en todos los casos, al Viceministro que atiende el Area Económica, al Delegado Territorial de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la provincia de Guantánamo, todos perteneciente a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a cuantas otras personas naturales corresponda conocer lo dispuesto.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en la sede central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 4 días del mes de abril del año 2008.

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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