Resolución 28

Prórroga de concesión minera para la Empresa de Cemento de Siguaney

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2018-02-05
Publicada en
Gaceta No. 26 Ordinaria de 2018 (2018-07-13)
Páginas
23–24
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 28 del Ministerio de Energía y Minas otorga una prórroga de concesión minera a la Empresa de Cemento de Siguaney. La prórroga es por 25 años para la extracción de caliza en el área Loma de Vigía-Vigía Sur, en Sancti Spíritus. La resolución es emitida por el Ministro de Energía y Minas.

Texto íntegro

GOC-2018-492-O26 RESOLUCIÓN No. 28/2018

POR CUANTO: Mediante el Decreto Ley No. 301, de 9 de octubre de 2012, se crea el Ministerio de Energía y Minas como organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer y, una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.

POR CUANTO: De conformidad con el articulo 20 del Decreto No. 222, Reglamento de la Ley de Minas, de 16 de septiembre de 1997, las concesiones de explotación pueden ser prorrogadas al vencimiento de su término.

POR CUANTO: La Empresa de Cemento de Siguaney ha solicitado una prórroga por veinticinco (25) años de los derechos mineros de explotación que le fueron otorgados me-diante la Resolución No. 154, de 4 de junio de 1998, del ministro del extinto Ministerio de la Industria Básica, para la extracción del mineral caliza para la producción de cemento gris, en el área denominada Loma de Vigía-Vigía Sur, ubicada en el municipio Taguasco, provincia de Sancti Spíritus.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales, oídos los criterios de los organismos correspondientes, ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al que resuelve que otorgue la prórroga solicitada para continuar la explotación del referido mineral.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Cemento de Siguaney una prórroga al término del derecho minero concedido en el área denominada Loma de Vigía-Vigía Sur, ubicada en el municipio Taguasco, provincia de Sancti Spíritus, para continuar la explotación del mineral caliza.

SEGUNDO: La prórroga que se otorga está vigente hasta el 4 de junio de 2043.

TERCERO: El concesionario está obligado a: 1. Solicitar y obtener la Licencia Ambiental ante la Delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia de Sancti Spíritus, antes de continuar la explotación; 2. contactar con la Delegación de la Agricultura del municipio Taguasco a los efectos de dar a conocer dicha prórroga; 3. respetar las franjas forestales de los ríos y arroyos según lo establecido en la Norma Cubana 23:1999 Franjas forestales de las zonas de protección de cauces fluviales; y 4. depositar adecuadamente el material desbrozado en una zona donde se pueda utilizar para la rehabilitación del área minada, sin afectaciones al escurrimiento natural.

CUARTO: Además de lo dispuesto en la presente Resolución, el concesionario está obligado a cumplir todas las disposiciones contenidas en la Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994 y su legislación complementaria, así como con la Ley No. 81, Del Medio Ambiente, de 11 de julio de 1997; el Decreto Ley No. 138, De las Aguas Terres-tres, de 1 ro. de julio de 1993, específicamente los artículos 15, 16, 17 y 21 del Capítulo III, De la Preservación y Saneamiento de las Aguas Terrestres y de la Protección de Fuen-tes, Cursos Naturales de Agua, Obras e Instalaciones Hidráulicas, las que se aplican a la presente concesión; y la Ley No. 85, Ley Forestal, de 21 de julio de 1998.

QUINTO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución No. 154, de 4 de junio de 1998, del ministro del extinto Ministerio de la Industria Básica, continúan siendo de obligatorio cumplimiento para el concesionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.

SEXTO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

732 GACETA OFICIAL 13 de julio de 2018 NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de la Empresa de Cemento de Siguaney.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 5 días del mes de febrero de 2018.Alfredo López Valdés Ministro de Energía y Minas________________