Resolución 28/2026
La Resolución 28/2026 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de investigación geológica en el área La Manuela, ubicada en Artemisa. La decisión se basa en la Ley 76 “Ley de Minas” de 1994 y las atribuciones conferidas al ministro.
- Se extingue la concesión otorgada a la Empresa de Asistencia y Servicios en el área La Manuela.
- El área queda franca para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La empresa debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- La empresa debe indemnizar por daños o perjuicios causados por actividades mineras.
- Se derogan las resoluciones 135/2021 y 2/2024 relacionadas con la concesión.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 28/2026
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 135, de 10 de marzo de 2021, del ministro de Energía y Minas, a la Empresa de Asistencia y Servicios para una concesión de investigación geológica en el área denominada La Manuela, ubicada en el municipio de Mariel, provincia de Artemisa, por el término de tres años, con el objetivo de tomar una muestra tecnológica de los minerales arcilla, arenisca y grahamita para evaluar su utilización en la producción de cemento, como componente silico aluminoso y combustible respectivamente; plazo que fue prorrogado por la Resolución 2, de 17 de enero de 2024, del que resuelve hasta el 10 de marzo de 2026.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa de Asistencia y Servicios en el área denominada La Manuela, ubicada en el municipio de Mariel, provincia de Artemisa.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de investigación geológica, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa de Asistencia y Servicios está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de investigación, si no las hubiere
aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar las resoluciones 135, de 10 de marzo de 2021, del ministro de Energía y Minas y la 2, de 17 de enero de 2024, del que resuelve.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa de Asistencia y Servicios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 4 días del mes de mayo de 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Vicente de la O Levy Ministro