Resolución 283/2022
La Resolución 283/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía panameña CUGRANCA, S.A. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta resolución se emite en virtud del Decreto 32 "Reglamento para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba".
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de CUGRANCA, S.A. (Artículo PRIMERO)
- El giro comercial autorizado es la comercialización de alimentos, productos de aseo, limpieza, y otros (Artículo SEGUNDO)
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial (Artículo TERCERO a)
- La licencia no autoriza realizar comercio mayorista y minorista en general (Artículo TERCERO b)
- La entidad debe formalizar su inscripción en 90 días (Artículo QUINTO)
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 283/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacionescomerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulaciones ge-nerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas derepresentación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comer-ciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado,en virtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañíapanameña CUGRANCA, S.A. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a lasolicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía pa-nameña CUGRANCA, S.A. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía panameñaCUGRANCA, S.A. en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de alimen-tos, productos de aseo, productos de limpieza, tratamientos capilares, cauchos, materialde oficina, electrónica, ferretería, partes y piezas para medios de transporte, productosquímicos, línea blanca, medios de transporte, textiles, metalurgia, muebles y energíasrenovables; además se adjunta, en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, la nomenclatura de mercancías autorizadas a los efectos de la aprobación por laautoridad competente del régimen aduanal correspondiente.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional; ni
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losdiecinueve días del mes de julio de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
ANEXO ÚNICO
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA A LA OFICINADE REPRESENTACIÓN DE LA COMPAÑÍA CUGRANCA, S.A.
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