Resolución 287

Anulación de derechos mineros de explotación

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 69 Ordinaria de 2007 (2007-10-25)
Páginas
14–15
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La Resolución No. 287 del Ministerio de la Industria Básica regula la anulación de derechos mineros de explotación otorgados a la Empresa de Bebidas y Licores de Villa Clara. La norma es emitida por el Ministerio de la Industria Básica en virtud de sus facultades y competencias.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 287

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de 21 de abril de 1994, en su

Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.

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POR CUANTO: La Ley No. 76, “Ley de Minas”, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la anulación de los derechos mineros otorgados.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo, los órganos locales del Poder Popular, las

- entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: La Empresa de Bebidas y Licores de Villa Clara obtuvo mediante la Resolución No. 314, de 3 de diciembre de 1998, del Ministro de la Industria Básica, los derechos de explotación y procesamiento del mineral de agua mineral natural para su comercialización y consumo, en el área denominada Amaro.

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POR CUANTO: La Empresa de Bebidas y Licores de Villa Clara ha incumplido reiteradamente sus obligaciones como titular de la concesión de explotación en el área del yacimiento Amaro, al no ejecutar el mínimo de trabajos para el cálculo de los recursos y reservas y la certificación de la calidad del agua, y además, al no explotar el pozo para los fines por los que le fue otorgada la concesión de explotación, utilizándose como agua técnica; circunstancias que le han sido notificadas en varias oportunidades y señalado en inspecciones estatales realizadas.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Disponer la anulación de los derechos mineros de explotación del mineral de agua mineral natural, otorgados a la Empresa de Bebidas y Licores de Villa Clarasobre el área denominada Amaro, que le fueran otorgados mediante la Resolución No. 314, de 3 de diciembre de 1998, del Ministro de la Industria Básica.

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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

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TERCERO: Se derogan los apartados de la Resolución No. 314, de 3 de diciembre de 1998, del Ministro de la Industria Básica, referidos a la concesión de explotación otorgada a la Empresa de Bebidas y Licores de Villa Clara sobre el área denominada Amaro, quedando vigentes los relacionados con el área de procesamiento.

NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Bebidas y Licores de Villa Clara.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en la ciudad de La Habana, a 1 ro. de octubre de 2007.

Yadira García Vera

Ministra de la Industria Básica

OTRA ENTIDAD

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ADUANA GENERAL DE LA REPUBLICA