Resolución 144/04

Derogación de Resoluciones y Normas Técnicas Ramales

Organismo
Ministerio de la Industria Alimenticia
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 67 Ordinaria de 2004 (2004-12-03)
Páginas
14–15
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 144/04 del Ministerio de la Industria Alimenticia deroga varias resoluciones y normas técnicas ramales relacionadas con la normalización, metrología y control de la calidad en la industria alimenticia. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Industria Alimenticia, Alejandro Roca Iglesias, en ejercicio de sus facultades.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 144/04

POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre del 1994, de conformidad con lo establecido por el Decreto-Ley No. 147 y mediante el inciso 4 de su Apartado Tercero, faculta a los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado a dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: La Norma Cubana NC: 00-01. 78 “Sistema Nacional de Normalización, Metrología y Control de la Calidad. Principios Generales”, establece, que las normas ramales son aprobadas por el Organismo rector de la rama, subrama o actividad que corresponde al objeto que se normaliza y confiere el carácter de obligatorias a dichas normas para el propio organismo y empresas responsabilizados, directa e indirectamente, con el objeto de normalización en cuestión.

POR CUANTO: A los fines de garantizar en este Ministerio de la Industria Alimenticia el desarrollo de la actividad de Normalización, Metrología y Control de la Calidad, resulta necesario derogar las Resoluciones que se relacionan en la parte dispositiva de la presente dejando sin efecto las Normas Técnicas Ramales a las que se refieren.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Derogar las resoluciones que a continuación se relacionan dejando sin efecto las Normas Técnicas Ramales a las que se refieren: — Resolución No. 97/83 de fecha 12 de octubre de 1983 que aprueba la NRIAL 004: 82 Aporreados y la NRIAL 005:83 Butifarras. — Resolución No. 138/87 de fecha 4 de noviembre de 1987 que aprueba la NRIAL 045:87 Parisel. — Resolución No. 6/88 de fecha 6 de febrero de 1988 que aprueba la NRIAL 065:88 Pastas Alimenticias con chorizo. — Resolución No. 135/89 de fecha 3 de abril de 1989 que aprueba la NURIAL 073:86 Tripas elaboradas de ganado bovino. — Resolución No. 102/80 que aprueba la NRIAL 143:75 Jamón paleta enrollado, NRIAL 160 : 76 Jamón de ternero, NRIAL 167:75 Jamón paleta, NRIAL 172:74 Masa para fritas, NRIAL 175:75 Masa para pastas para bocaditos, NRIAL 179:75 Queso de cabeza, NRIAL 180:75 Mosaico claro, NRIAL 181:80 Sazonador de jamón del diablo, NRIAL 182:80 Sazonador de salchichas, NRIAL 183:80 condimento para mortadella, NRIAL 185:75 Masa para hamburguesa, NRIAL 190:78 Ganado Vacuno. Cuarto trasero tipo pistola refrigerados. — Resolución No. 118/81 de fecha 7 de octubre de 1981 que aprueba la NRIAL 439:82 Menudos salados de cerdo y la NRIAL 442/81 Mucosa de estómago de cerdo. — Resolución No. 117/81 de fecha 7 de octubre de 1981 que aprueba la NRIAL 473:81 Croquetas. Notifíquese al Viceministro Técnico de este Ministerio, a la Directora del Centro Nacional de Inspección de la Calidad y a los Directores del Sistema del Organismo que corresponda, así como a los de las demás entidades no subordinadas al mismo, a los que se refiere el primer Por Cuanto de esta Resolución. Comuníquese a los demás Viceministros del Organismo y cuantas otras personas naturales y jurídicas deban conocer de la misma.

3 de diciembre de 2004 GACETA OFICIAL 1122 Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en Playa a los 8 días del mes de octubre del 2004.Alejandro Roca Iglesias Ministro de la Industria Alimenticia ____________JUSTICIA