Resolución 281

Ampliación de actividades de procesamiento de la concesión Palmarito de Cauto

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 65 Ordinaria de 2005 (2005-12-19)
Páginas
12–13
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La Resolución No. 281 del Ministerio de la Industria Básica amplía las actividades de procesamiento en la concesión Palmarito de Cauto. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Minas y el Acuerdo No. 3190.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 281

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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su

Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el

Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.

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POR CUANTO: La Empresa Geominera Oriente ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de ampliación del área de procesamiento y de los minerales a procesar, caliza, olivino y skarn granatífero, en el área de procesamiento de la concesión de procesamiento Palmarito de Cauto, otorgada mediante la Resolución No. 310 de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica.

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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar a la que resuelve que otorgue la ampliación del área de procesamiento y de los minerales a procesar solicitados por la Empresa Geominera Oriente.

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POR CUANTO: La que resuelve fue designada Ministra de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de octubre de 2004.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Autorizar a la Empresa Geominera Oriente la ampliación de las actividades de procesamiento autorizadas mediante la Resolución No. 310 de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, en el área de procesamiento de la concesión Palmarito de Cauto a los minerales de caliza, olivino y skarn granatífero.

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SEGUNDO: Autorizar a la Empresa Geominera Oriente la ampliación del área de procesamiento en 1.20 nuevas hectáreas aledañas al área de procesamiento anteriormente otorgada y que tiene como ubicación, en coordenadas Lambert del sistema Cuba Sur, la siguiente:

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TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones de aplicación a las actividades de procesamiento fijadas en la Resolución No. 310 de 19 de noviembre de 2003, del Ministro de la Industria Básica, son de aplicación a la presente autorización, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en el apartado anterior.

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CUARTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

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QUINTO: Las disposiciones a que se contrae la presente Resolución quedarán sin vigor si transcurrieran treinta días de su notificación al concesionario y no se hubiera inscrito en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales.

NOTIFIQUESE a la Directora de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa Geominera Oriente.

COMUNIQUESE a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de septiembre del 2005.

Yadira García Vera

Ministra de la Industria Básica

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