Resolución 287/2025
La Resolución 287/2025 del Ministerio de Finanzas y Precios prorroga el beneficio de importación de plantas eléctricas sin carácter comercial. Este beneficio fue inicialmente autorizado por la Resolución 218 de 2022 y se ha extendido sucesivamente. La prórroga está fundamentada en la Ley 113 "Del Sistema Tributario" y el Decreto-Ley 22 "Arancel de Aduanas de la República de Cuba".
- Se prorroga hasta el 31 de enero de 2026 el beneficio de importación de plantas eléctricas.
- El beneficio permite importar plantas eléctricas de potencia superior a 900 vatios.
- La Resolución 218 de 2022 autorizó inicialmente este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2022.
- La prórroga se fundamenta en el Artículo 284 de la Ley 113 "Del Sistema Tributario".
- La Resolución entra en vigor el 1 de octubre de 2025.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 287/2025
POR CUANTO: La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, en su
Artículo 284 establece que el Impuesto Aduanero se cobra a través de aranceles de aduanas, y su Disposición Final Segunda, incisos a) y f), faculta al ministro de Finanzas y Precios, cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para conceder exenciones,bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, así como condonar deudas tributarias determinadas administrativamente, según corresponda, y modificar las formas yprocedimientos para el cálculo, pago y liquidación de los tributos.
POR CUANTO: El Decreto-Ley 22 “Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin carácter comercial”, de 24 de noviembre de 2020, en su Disposición Final Segunda, inciso a), faculta al ministro de Finanzas y Precios para autorizar la importación de productos por encima de los valores establecidos en sus artículos 12 y 13.
POR CUANTO: La Resolución 218, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 11 de agosto de 2022, autoriza hasta el 31 de diciembre de 2022, la importación sin carácter comercial, por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, de las plantas eléctricas de una potencia superior a los novecientos vatios, que sepresentaran a despacho de la Aduana General de la República; beneficio que ha sido extendidosubsiguientemente, actualmente hasta el 30 de septiembre de 2025, mediante la Resolución 140, dictada por quien suscribe, de 24 de abril de 2025.
POR CUANTO: Tomando en consideración los beneficios que reporta para el sectorresidencial la adquisición de plantas eléctricas mediante envíos, ante las contingencias que persisten en el sistema energético nacional, se ha decidido extender hasta el 31 deenero de 2026, el beneficio a la importación de estos bienes autorizado inicialmente mediante la referida Resolución 218 de 2022.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Prorrogar hasta el 31 de enero de 2026, el beneficio establecido en la Resolución 218, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 11 de agosto de 2022.
DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor el primero de octubre de 2025.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 17 días del mes de septiembre de 2025.Vladimir Regueiro Ale Ministro ______________SALUD PÚBLICA