Resolución 27

Autorización de renovación de Licencia a CORPORACION NACIONAL CHINA DE IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES, CHINATEX

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 24 Ordinaria de 2004 (2004-04-27)
Páginas
6–7
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 27 del Ministerio del Comercio Exterior regula la autorización de renovación de Licencia a CORPORACION NACIONAL CHINA DE IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES, CHINATEX. La emite el Ministro del Comercio Exterior en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 27 de 2004

POR CUANTO: Corresponde al Min

- erior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de

- 96, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento

- renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro,

- adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje- , ha elevado a la consideración del que resuelv

- diente incoado en virtud de la solicitud presentada por la

- ma chin

- - PORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES, CHINATEX.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

-

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la firma china CORPORACION NACIONAL CHINA DE IMPOR- TACION Y EXPOR-TACION DE PRODUCTOS TEX- TILES, CHINATEX.

SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma CORPORACION NACIONAL CHINA DE IMPORTACION Y EXPOR-TACION DE PRODUCTOS TEXTILES, CHINATEX, en Cuba, a partir de la renovación de la Licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que a nivel de Capítulos se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: — Importar y e

amente, con carácter comerc

ayorista y minorista en general d icios de post-ven

cios, excepto los serv ente acordados e

s operaciones de comercio exterio

- Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

- COMUNIQUESE la presente Resolución a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolución al interesado;

- os Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBA

- n de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de

responda. Publíquese e

- l para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica.

DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los cinco días del mes de febrero de dos mil cuatro.

- Raúl de la Nuez Ramírez Ministro del Comercio ExteriorRESOLUCION No. 30 de 2004

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de

- n fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la activida

-

POR CUANTO: Mediante Resolución No. 195, de fecha

- 20 de enero de 2003, dictada por el Ministro del Comercio terior, se ratificó a la Empresa Comercial Importadora ra la Camaronicultura, CAMARON CARIBE, las facultas para realizar actividades de comercio exterior.

-

POR CUANTO: Resulta necesario dejar sin efecto la

- - realización de actividades de comercio exterior.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,R

-

PRIMERO: Cancelar la autorización otorgada a la Empresa Comercial Importadora para la Camaronicultura, CAMARON CARIBE, identificada a los efectos estadísticos con el Código No. 621, para la realización de actividades de comercio exterior.

SEGUNDO: Dejar sin efecto la Resolución No. 195, de fecha 20 de enero de 2003, dictada por el Ministro del Comercio Exterior.

TERCERO: A los efectos de la ejecución de la importación de las mercancías pactadas en los contratos de compraventa internacional suscritos por la Empresa Comercial Importadora para la Camaronicultura, CAMARON CARI- BE, la misma mantendrá vigente su inscripción en el Registro Central de Aduanas por el término de noventa días contados a partir de la fecha de la presente Resolución. COMUNIQUESE la presente Resolución al interesado, a la Aduana General de la Repúbl ba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presi

Publíquese en la Gaceta Ofi

archívese el original en la Direc

la ciudad de La Habana, Minist

- rcio Exterior, a los seis días del mes de febrero de dos mil cuatro.Raúl de la Nuez Ramírez Ministro del Comercio Exterior_______________