Resolución 29
La Resolución No. 29 del Ministerio de Turismo autoriza la inscripción de la oficina de representación de la agencia de viajes SPRACHCAFFE REISEN GBMG s.r.l. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta resolución es emitida en virtud del Decreto 32/2021 y el Acuerdo 7742 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de SPRACHCAFFE REISEN GBMG s.r.l. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- La oficina puede realizar servicios como supervisar la calidad de servicios contratados en Cuba y contratar capacidades de alojamiento y circuitos para venta fuera del territorio nacional.
- Se permiten servicios como informar y asesorar al viajero, realizar ventas desde el exterior de excursiones organizadas por agencias nacionales y negociar comisiones por la venta de excursiones.
- La licencia no autoriza actividades como importar y exportar comercialmente, realizar comercio mayorista y minorista en general, ni transportar mercancías y personas en el territorio nacional.
- El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Texto íntegro
GOC-2022-580-O50 RESOLUCIÓN 29/2022
POR CUANTO: El Decreto 32, de fecha 22 de febrero de 2021, “Reglamento para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba”, en su
Artículo 19, apartados 1 y 3, dispone que corresponde al Ministro de Turismo, en su respectiva área de competencia, autorizar o denegar solicitudes de licencia para el establecimiento de representaciones extranjeras, y en su Disposición Final Segunda regula que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado quedan encargados de dictar las disposiciones que resulten necesarias a los efectos de lo previsto en el presente Decreto.
POR CUANTO: El Acuerdo 7742 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 28 de mayo de 2015, establece las funciones específicas del Ministerio de Turismo, y entre ellas, la prevista en su apartado Primero, numeral dos, consistente en ejercer la función metodológica rectora sobre la actividad de agencias de viajes.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha trasladado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la agencia de viajes SPRACHCAFFE REISEN GBMG s.r.l. y, del análisis realizado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la agencia de viajes SPRACHCAFFE REISEN GBMG s.r.l. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
1326 GACETA OFICIAL 16 de mayo de 2022
SEGUNDO: La oficina de representación de la agencia de viajes SPRACHCAFFE REISEN GBMG s.r.l., en el territorio nacional, puede realizar los servicios siguientes: 1. Supervisar la calidad de los servicios contratados por su agencia en Cuba. 2. Contratar, para su venta fuera del territorio nacional: a) Capacidades de alojamiento para estancias en instalaciones hoteleras; b) circuitos y programas comercializados por las agencias de viajes nacionales; c) servicios de renta de autos con las empresas transportistas; y d) actividades náuticas que no estén consideradas opcionales, con entidades de marinas. 3. Contratar servicios de asistencia con las agencias de viajes nacionales. 4. Negociar comisiones por la venta de excursiones a sus clientes, siempre que estas se realicen por sus supervisores. 5. Informar y asesorar al viajero a través de sus supervisores para facilitar la realización de sus viajes. 6. Realizar ventas desde el exterior de aquellas excursiones organizadas por las agencias nacionales.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto la venta de excursiones a sus clientes, siempre que estas se realicen por sus supervisores, de acuerdo al contrato suscrito; ni c) transportar mercancías y personas en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto del Director Jurídico de este Organismo, y al Director General de la agencia de viajes CUBATUR, S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE su original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en la Habana, a los 29 días del mes de abril del 2022, “Año 64 de la Revolución”.Juan Carlos García Granda Ministro ________________