Resolución 413/04

Sobre el arrendamiento de viviendas a misiones diplomáticas

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 78 Ordinaria de 2004 (2004-12-30)
Páginas
16–17
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 413/04, emitida por el Ministerio de la Industria Básica, regula el arrendamiento de viviendas a misiones diplomáticas. Establece prohibiciones y obligaciones para el arrendamiento de viviendas a integrantes de misiones diplomáticas y otros organismos internacionales.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 413/04

POR CUANTO: La Ley No.65, Ley General de la Vi-

30 de diciembre de 2004 GACETA OFICIAL 1300 vienda, de 23 de diciembre de 1988, dispone que el Instituto Nacional de la Vivienda es el organismo encargado de dirigir, controlar y ejecutar la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la vivienda, y según lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto-Ley No.147, de 21 de abril de 1994, se adscribe al Ministerio de la Construcción extinguiéndose como organismo de la Administración Central del Estado pero con idénticas funciones y, en su Disposición Final Tercera, faculta a su Presidente para dictar cuantas disposiciones y regulaciones sean necesarias a los efectos del cumplimiento de lo establecido en la citada Ley.

POR CUANTO: El artículo 74 de la Ley General de la Vivienda tal como quedó modificado por el Decreto-Ley No. 171, de 15 de mayo de 1997 y luego por Decreto-Ley 233/03, establece que los propietarios de viviendas podrán arrendar, al amparo de lo establecido en la legislación civil común, viviendas, habitaciones con servicio sanitario propio o sin él y otros espacios que se consideren parte integrante de una vivienda, mediante precio libremente concertado, previa autorización en la Dirección Municipal de la Vivienda correspondiente, prohibiéndose el arrendamiento, entre otros, a los representantes de organizaciones, firmas, entidades o países extranjeros acreditados en Cuba, no así al personal del cuerpo diplomático.

POR CUANTO: El propio Decreto-Ley 171/97, y el citado Decreto-Ley 233/03, modificativos de la Ley General de la Vivienda, en su Disposición Final Segunda, faculta al que suscribe para, en lo que le compete, dicte cuantas disposiciones sean necesarias en aras del mejor cumplimiento de lo establecido en el mismo.

POR CUANTO: El país ha creado una infraestructura mediante la cual se ha establecido las condiciones apropiadas para que el personal diplomático y los integrantes de las Misiones Diplomáticas, Consulares, Organismos Internacionales y de las Agencias de Prensas acreditados en el país disponga de las condiciones para solucionar el problema habitacional, resultando por ello procedente, resolver como más adelante se dirá.

POR CUANTO: El que resuelve fue designado Presidente del Instituto Nacional de la Vivienda por la Resolución Ministerial No. 928, de 26 de octubre del 2001, dictada por el Ministro de la Construcción.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas.

R e s u e l v o :PRIMERO: Se prohíbe el arrendamiento de viviendas, habitaciones o espacios con fines habitacionales u otros a los integrantes de Misiones Diplomáticas, Consulares, Organismos Internacionales y de las Agencias de Prensas acreditados en el país.

SEGUNDO: Las direcciones municipales de la Vivienda están obligadas a cancelar de oficio las inscripciones de arrendamiento cuando el arrendador incurra en la prohibición expresada en el resuelvo anterior.

TERCERO: La Presente RESOLUCION entrará en vigor a partir del término de 60 días posteriores al de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.COMUNIQUESE la presente resolución a los Presidentes de los Consejos de la Administración Provinciales y del Municipio Especial Isla de la Juventud, al Ministerio del Relaciones Exteriores, a los Directores provinciales y municipales de la Vivienda y a cuantos deban conocerla para su conocimiento y efectos legales.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de noviembre del 2004.Víctor Ramírez Ruiz Presidente del Instituto Nacional de la Vivienda