Resolución 296/2021
La Resolución 296/2021 del Banco Central de Cuba autoriza a Financiera de Microcréditos S.A. a conceder créditos en moneda extranjera a cooperativas no agropecuarias y a micro, pequeñas y medianas empresas. La norma es emitida por el Banco Central de Cuba en ejercicio de sus facultades.
- Se autoriza a Financiera de Microcréditos S.A. a conceder créditos en moneda extranjera (Artículo Único).
- Se entiende por moneda extranjera las monedas libremente convertibles aceptadas por el Banco Central de Cuba.
- La autorización es para créditos a cooperativas no agropecuarias, micro, pequeñas y medianas empresas u otras formas de gestión no estatal.
- La Resolución entra en vigor a los tres días hábiles siguientes a su notificación (Disposición Final Única).
- La norma se emite según el Artículo 25, inciso d), del Decreto Ley 361 “Del Banco Central de Cuba”.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 296/2021
POR CUANTO: Mediante la Resolución 286, de 14 de octubre de 2021, del Ministro Presidente p.s.r. del Banco Central de Cuba, se emitió Licencia Específica a favor de Fi-nanciera de Microcréditos S.A. para desarrollar en el territorio nacional las actividadesde intermediación financiera establecidas en el
Artículo 14 del Decreto-Ley 362 “De lasinstituciones del Sistema Bancario y Financiero”, de 14 de septiembre de 2018, con es-pecialización en la prestación de servicios y productos financieros de microcrédito a lasformas de gestión no estatal.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 249, de 22 de septiembre de 2021, de quiensuscribe, se establece que las instituciones financieras pueden conceder créditos en mo-neda extranjera a las cooperativas no agropecuarias y a las micro, pequeñas y medianasempresas previa aprobación del Banco Central de Cuba.
POR CUANTO: Financiera de Microcréditos S.A. ha solicitado autorización del Banco Central de Cuba para conceder créditos en moneda extranjera a las cooperativas noagropecuarias y a las micro, pequeñas y medianas empresas u otras formas de gestiónno estatal.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el
Artículo 25, inciso d), del Decreto Ley 361 “Del Banco Central de Cuba”, de 14 deseptiembre de 2018,
RESUELVO
ÚNICO: Autorizar a Financiera de Microcréditos S.A. a conceder créditos en monedaextranjera a las cooperativas no agropecuarias, a las micro, pequeñas y medianasempresas u otras formas de gestión no estatal.
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A los efectos de la presente Resolución, se entiende por moneda extranjera las mone-das libremente convertibles aceptadas por el Banco Central de Cuba.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a los tres días hábiles siguientes a sunotificación.
NOTIFÍQUESE al Director General de Financiera de Microcréditos S.A.
COMUNÍQUESE al Vicepresidente Primero, a los vicepresidentes, al Superintendente,al Auditor, a los directores generales, todos del Banco Central de Cuba; al Director de Casa Consultora DISAIC; al Presidente del Banco Popular de Ahorro y al Presidente del Banco Metropolitano S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.
DADA en la Habana, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil veintiuno.
Marta Sabina Wilson González
Ministra Presidente
Banco Central de Cuba