Resolución 301
La Resolución No. 301 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de una concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa de Construcciones Villa Clara. La concesión, otorgada en 2000, permitía realizar trabajos mineros en el área denominada Arcilla–Manajanabo–La Vallita. El Ministerio de la Industria Básica, con base en la Ley 76 de Minas de 1995, dispone la extinción de esta concesión.
- Se extingue la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa de Construcciones Villa Clara (Resolución No. 198 de 2000).
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La Empresa debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- La Resolución No. 198 de 2000 queda derogada.
- La Empresa debe realizar indemnizaciones por daños o perjuicios causados.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 301
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgado a la Empresa de Construcciones Villa Clara mediante la Resolución No. 198 de 15 de junio del 2000, del que resuelve, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Arcilla– Manajanabo–La Vallita.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 198 de 15 de junio del 2000, del que resuelve, a Empresa de Construcciones Villa Clara, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Arcilla–Manajanabo– La Vallita.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: La Empresa de Construcciones Villa Clara, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 198 de 15 de junio del 2000, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa de Construcciones Villa Clara sobre el área denominada Arcilla–Manajanabo– La Vallita.
NOTIFIQUESE a Empresa de Construcciones Villa Clara y a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 20 días del mes de agosto del 2002.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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