Resolución 299/2015
La Resolución No. 299/2015 del Ministerio de Comunicaciones regula las tarifas máximas de los servicios de conexión de pizarras privadas a centrales telefónicas mediante flujos de 2 Mb/s. La norma es emitida por el Ministro de Comunicaciones en virtud de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República de Cuba.
- Aprobar las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP) para servicios de conexión de pizarras privadas.
- Cuota de activación: 750,00 CUP.
- Cuota fija mensual: 300,00 CUP.
- Tarifas por consumo: las vigentes para el servicio telefónico local, nacional o internacional.
Texto íntegro
COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN No. 299/2015
POR CUANTO: El Decreto No. 321 “Concesión administrativa a la Empresa de Tele-comunicaciones de Cuba, S.A. para la prestación de servicios públicos de telecomunicacio-nes”, de fecha 4 de diciembre de 2013, en su artículo 26 establece que las tarifas máximasde los servicios concesionados prestados por la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba,S.A. a personas naturales y jurídicas no mencionadas en los artículos 20 al 25 del mencio-nado Decreto, son aprobadas por el Ministro de Comunicaciones y las que disminuyan conrespecto a estas son aprobadas por el Presidente Ejecutivo de esta.
POR CUANTO: Resulta necesario aprobar las tarifas máximas en pesos cubanos(CUP) de los servicios de conexión de pizarras privadas a centrales telefónicas medianteflujos de 2 Mb/s, a aplicar por ETECSA a las entidades que pagan su servicio telefónicobásico en dicha moneda.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o :
ÚNICO: Aprobar las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP) de los servicios de conexiónde pizarras privadas a centrales telefónicas mediante flujos de 2 Mb/s, que brinde la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., a las entidades que pagan su servicio telefónico básico endicha moneda:
| CONCEPTO | TARIFAS EN PESOS CUBANOS (CUP) | | - | - | | Cuota de activación | 750,00 | | Cuota fija mensual | 300,00 | | Tarifas por consumo | Las vigentes para el servicio telefónico local, nacional ointernacional |
NOTIFÍQUESE al Presidente Ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A.
COMUNÍQUESE a los viceministros, a los directores generales y a los directores de Inspección y de Regulaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
Dada en La Habana, a los 9 días del mes de diciembre de 2015.
Maimir Mesa Ramos
Ministro de Comunicaciones
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