Resolución 03/2003

NORMA COMPLEMENTARIA No. 2 del Sistema de Tesorería

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 15 Ordinaria de 2003 (2003-02-27)
Páginas
2–9
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La Resolución No. 03/2003 del Ministerio de Finanzas y Precios establece la Norma Complementaria No. 2 del Sistema de Tesorería. Regula la información que deben brindar los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, las organizaciones y asociaciones vinculados al Presupuesto Central y los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial de Isla de la Juventud. Esta norma tiene como objetivo contribuir a la elaboración de la programación financiera de la Caja del Presupuesto Central.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 03/2003

NORMA COMPLEMENTARIA No. 2 del Sistema de Tesorería

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 192, de la Administración Financiera del Estado, de fecha 8 de abril de 1999, en sus disposiciones finales, faculta al Ministerio de Finanzas y Precios para establecer las disposiciones requeridas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema de Tesorería.

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POR CUANTO: Se hace necesario establecer la información que deben brindar a este ministerio, los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, las organizaciones y asociaciones vinculados al Presupuesto Central y los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial de Isla de la Juventud, con el objetivo de contribuir a la elaboración de la programación financiera de la Caja del Presupuesto Central.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Poner en vigor los modelos siguientes: Programación de la Recepción de Recursos Financieros-OLPP,

Programación de pagos por cuenta del Presupuesto Central- OLPP y Programación de pagos y asignaciones, órganos y organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones y asociaciones, que con sus instrucciones para llenarlos se anexan a la presente formando parte integrante de ella.

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SEGUNDO: Establecer que los órganos y organismos de la Administración Central del Estado y organizaciones y asociaciones vinculados al Presupuesto Central y los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial de Isla de la Juventud, presenten a la Dirección General de Tesorería de este ministerio, los modelos puestos en vigor por la presente resolución según lo que a cada uno corresponda.

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TERCERO: La fecha límite para la presentación de los modelos a que se refiere la presente resolución, se fija en cada una de las instrucciones correspondientes.

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CUARTO: La presente resolución entrará en vigor a partir del primero de enero del 2003.

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QUINTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República y archívese el original en la Dirección Jurídica de este ministerio.

Dada en la ciudad de La Habana, a los 6 días del mes de enero del 2003.

Manuel Millares Rodríguez

Ministro de Finanzas y Precios

ANEXO No. 1

| MODELO TP-1 PROGRAMACION DE LA RECEPCION DE RECURSOS FINANCIEROS - OLPP | | - | | NONBRE DE LA PROVINCIA: ____________________________ | CODIGO:________________ | | U.M: M.P con un decimal | Año________ | | CONCEPTOS | FILA | TOTALANUAL | D I S T R I B U C I O N P O R M E S E S | | Enero | Febrero | Marzo | Abril | Mayo | Junio | Julio | Agosto | Septiembre | Octubre | Noviembre | Diciembre | | INGRESOS CEDIDOS | 01 | | INGRESOS PARTICIPATIVOS | 02 | | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | 03 | | GENERALES O DE NIVELACION | 04 | | DE DESTINO ESPECIFICO | 05 | | OTRAS TRANSFERENCIAS | 06 | | TRANSFERENCIAS DE CAPITAL | 07 | | DEL PRESUPUESTO CENTRAL | 08 | | OTRAS TRANSFERENCIAS | 09 | | TOTAL | 10 | | CONFECCIONADO POR:NOMBRE:CARGO:FIRMA: | REVISADO POR:NOMBRE:CARGO:FIRMA: | APROBADO POR:NOMBRE:CARGO:FIRMA: | FECHA | | DIA | MES | AÑO | | |

Modelo TP-1 Programación de la Recepción de Recursos Financieros-OLPP

OBJETIVOS:

Informar la propuesta de programación de los recursos financieros por cada uno de los Presupuestos Provinciales y el del municipio especial de Isla de la Juventud, con el fin de financiar las operaciones corrientes y de capital aprobadas en el Presupuesto del año y su desglose mensual.

La información contenida en este modelo servirá de elemento para la confección de la programación financiera de la Tesorería.

La información en todos los casos será en miles de pesos con un decimal.

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL MO- DELO:

ENCABEZAMIENTO:

Se consignará el nombre del Organo Local del Poder Popular proponente del programa y su código.

CONTENIDO DE LAS COLUMNAS:

En primera columna se consignará el importe total planificado para el año y en las doce restantes su distribución por meses. La suma de las cifras planificadas para cada mes deberá coincidir con el importe total planificado para el año.

Al efectuarse la distribución por meses del total anual, deberán tenerse en consideración las características de estacionalidad y cualquier otra causal que origine requerimientos diferentes para los distintos meses.

El importe total planificado para el año en cada uno de los conceptos, en ningún caso podrá ser superior al importe contenido para ese mismo concepto en la notificación del Presupuesto aprobado para el año.

EXPLICACION DE CADA FILA:

Fila 01- Ingresos cedidos:

Se consignarán aquellos ingresos tributarios y no tributarios que, aunque son normados por el nivel central, el monto de su recaudación se le asigna íntegramente a los presupuestos de las provincias y municipios. Al efectuarse

su planificación por meses debe tomarse en consideración la fecha de pago de cada uno y otros factores estacionales que determinan su comportamiento.

Fila 02- Ingresos Participativos:

Se consignarán aquellos ingresos que aunque pertenezcan al Presupuesto Central, son asignados a los presupuestos de las provincias y los municipios en una proporción que se establece en la Ley de Presupuesto que se aprueba cada año por la Asamblea Nacional del Poder Popular y en la forma que se determina por el Ministerio de Finanzas y Precios.

Fila 03- Transferencias Corrientes:

Es la suma de los importes considerados en las filas 04, 05 y 06.

Fila 04- Transferencias Generales o de Nivelación:

Se reflejarán aquellas transferencias directas que se otorgan a los presupuestos provinciales, con cargo al Presupuesto Central, que tienen como objetivo equilibrar las capacidades fiscales de la provincia y no están dirigidos a financiar gasto alguno en particular. Se corresponde con el inciso 3, epígrafe 04, partida 01 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 05 – Transferencias de Destino Específico:

Se consignarán aquellas transferencias directas que se otorgan a los presupuestos provinciales, con cargo al Presupuesto Central, destinadas a financiar un gasto en particular, las que se utilizan solo para los fines que fueron otorgadas y están sujetas al control del nivel otorgante. Se corresponde con el inciso 3, epígrafe 04, partida 02 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 06- Otras Transferencias Corrientes:

Se consignarán todas aquellas transferencias corrientes no consideradas en los conceptos anteriores. Se corresponde con el inciso 3, epígrafe 99 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 07- Transferencias de Capital:

Es la suma de los importes considerados en las filas 08 y 09.

Fila 08- Del Presupuesto Central:

Se reflejarán las asignaciones que se otorgan a los presupuestos provinciales, con cargo al Presupuesto Central, destinadas a financiar los gastos de inversiones de estos presupuestos. Se corresponde con el inciso 5, epígrafe 04 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 09- Otras Transferencias de Capital:

Se reflejarán todas aquellas no consideradas en la fila anterior.

Se corresponde con el inciso 5, epígrafe 99 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 10- Total:

Es la suma de las filas 01, 02, 03 y 07.

PIE DEL MODELO:

Deberá reflejarse la fecha de emisión del modelo, el nombre y apellidos, cargo y firma del especialista que confeccionó el modelo, así como del responsable del trabajo de tesorería, quien lo revisará. El modelo será aprobado por el Director de Finanzas y Precios, del Organo Local del Poder Popular.

FECHA DE ENTREGA DE LA INFORMACION:

Esta información será presentada a la Dirección General de Tesorería, hasta diez días hábiles posteriores a la fecha de efectuada la notificación del Presupuesto aprobado.

| TP2- PROGRAMACION DE PAGOS POR CUENTA DEL PRESUPUESTO CENTRAL- OLPP | | - | | NOMBRE DE LA PROVINCIA: __________________ CODIGO: _____________ | | U.M: M.P con un decimal | Año:________ | | CONCEPTOS | FILA | TOTAL ANUAL | D I S T R I B U C I O N P O R M E S E S | | Enero | Febrero | Marzo | Abril | Mayo | Junio | Julio | Agosto | Septiembre | Octubre | Noviembre | Diciembre | | SUBSIDIO POR PERDIDAS MINAGRI (Res. 10/2001) | 1 | | SUBSIDIO POR PERDIDAS MINAZ (Res. 10/2001) | 2 | | SUBSIDIO PRODUCTO CAÑA (Res.305/2000) | 3 | | SUBSIDIO PRODUCTOS VARIOS | 4 | | SUBSIDIO DIFERENCIA PRECIOS (Res. 5/99) | 5 | | TRANSF. POR CENTRALES PARALIZADOS O DESACTIVADOS(Res. 161/01) y (Res.380/02) | 6 | | REB. PRECIOS MINORISTAS (Res. 229/2000) | 7 | | COMPENSACION PRECIOS ESTABILIZADOS MINAZ (Res.6/02) | 8 | | COMPENSACIÓN PRECIOS ESTABILIZADOS MINAGRI (Res.6/02) | 9 | | MOVILIZADOS LABORES CAÑERAS (Res.18/97 y Res.22/97) | 10 | | EXCESO CORTE 86% (Res.21/97) | 11 | | CULTIVO CAÑA CON BUEYES (Res. 416/2001) | 12 | | MOV. FUERZAS Y EQUIPOS (Res. 29/97) | 13 | | CAJA RESARCIMIENTO | 14 | | ARRENDAMIENTO FINCAS | 15 |

| PRIMA SALARIAL GUANTÁNAMO | 16 | | - | - | | FOMENTO CAÑERO (Res. 17/97) | 17 | | FOMENTO TABACO TAPADO (Res. 28/99) | 18 | | FOMENTO PASTOS (Res. 20/2000) | 19 | | DEVOLUCIONES PRESUPUESTO CENTRAL | 20 | | | | | | TOTAL | 99 | | CONFECCIONADO POR: | REVISADO POR: | APROBADO POR: | FECHA | | NOMBRE:CARGO:FIRMA: | NOMBRE:CARGO:FIRMA: | NOMBRE:CARGO:FIRMA: | DIA | MES | AÑO | | |

Modelo TP-2 Programación de pagos por cuenta del Presupuesto Central - OLPP

OBJETIVOS:

Realizar la propuesta de la programación por meses de los recursos financieros requeridos para los pagos que se deban efectuar por cada provincia y sus municipios, atendiendo a las funciones delegadas por el Ministerio de Finanzas y Precios.

La Dirección de Finanzas y Precios de cada provincia consolidará la programación efectuada por todos sus municipios y presentará un programa provincial consolidado. En el caso del municipio especial de Isla de la Juventud presentará la que le corresponde.

La información contenida en este modelo servirá de elemento para la confección de la programación financiera de la Tesorería.

La información en todos los casos será en miles de pesos con un decimal.

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL MODELO

ENCABEZAMIENTO:

Se consignará el nombre del órgano Local del Poder Popular proponente del programa y código

CONTENIDO DE LAS COLUMNAS:

En la primera columna se consignará el importe total planificado para el año y en las doce restantes, su distribución por meses. La suma de las cifras planificadas para cada mes deberá coincidir con el importe total planificado para el año.

Al efectuarse la distribución por meses del total anual, deberá tenerse en consideración las características de estacionalidad y cualquier otra causal que origine variaciones entre las cifras proyectadas para cada mes.

El importe total planificado para el año en cada uno de los conceptos, en ningún caso podrá exceder el importe aprobado para ese concepto en el Presupuesto del año.

EXPLICACION DE LAS FILAS:

En cada una de las filas se programarán los importes anuales distribuidos por meses por cada uno de los conceptos relacionados, que se encuentran establecidos por distintos documentos oficiales del Ministerio de Finanzas y Precios.

De dictarse, por el Ministerio de Finanzas y Precios, alguna norma legal que establezca un nuevo concepto de pago, deberá consignarse en una fila posterior no numerada, habilitada previa autorización de la Dirección General de Tesorería.

En la fila 99 se realizará la suma de las cifras consignadas en las filas anteriores.

PIE DEL MODELO:

Deberá reflejarse la fecha de emisión del modelo, el nombre y apellidos, cargo y firma del especialista que confeccionó el modelo, así como del responsable del trabajo de tesorería, quien lo revisará. El modelo será aprobado por el Director de Finanzas y Precios Organo Local del Poder Popular.

FECHA DE ENTREGA DE LA INFORMACION:

Esta información será presentada a la Dirección General de Tesorería, hasta diez días hábiles posteriores a la fecha de efectuada la notificación del Presupuesto aprobado.

| TP-3 PROGRAMACION DE PAGOS Y ASIGNACIONES ORGANOS U ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL ESTADO, ORGANIZACIONES Y ASOCIACIONES | | - | | NOMBRE:_____________________________ | CODIGO:______________ | | U.M: M.P con un decimal | AÑO:________ | | CONCEPTOS | FILA | D I S T R I B U C I O N P O R M E S E S | | TOTAL | Enero | Febrero | Marzo | Abril | Mayo | Junio | Julio | Agosto | Septiembre | Octubre | Noviembre | Diciembre | | ANUAL | | | | TOTAL UNIDADES PRE- SUPUESTADAS | 01 | | PAGOS AL PERSONAL | 02 | | PAGOS POR BIENES Y SERVICIOS | 03 | | TRANSFEREN- CIAS CORRIENTES | 04 | | PAGOS DE CAPITAL | 05 | | TOTAL EMPRESAS SECTOR PUBLICO NO FINANCIERAS | 06 | | TRANSFEREN- CIAS CORRIENTES | 07 | | Subsidio por Pérdida | 08 | | Subsidio Productos | 09 | | Subsidio Diferencia Precios | 10 | | Otros subsidios y Asignaciones | 11 | | TRANSFEREN- CIAS DE CAPITAL | 12 | | TOTAL ENTIDADES NO PERTENECIENT ES AL SECTOR PUBLICO | 13 | | TRANSFEREN- CIAS CORRIENTES | 14 | | TRANSFERENCIA S DE CAPITAL | 15 | | 16 |

| T O T A L | 17 | | - | - | | Ingresos autorizados para el pago de los gastos | 18 | | CONFECCIONA- DO POR:NOMBRE:CARGO:FIRMA: | REVISADO POR:NOMBRE:CARGO:FIRMA: | APROBADO POR:NOMBRE:CARGO:FIRMA: | FECHA | | DIA | MES | AÑO | | |

TP-3 Programación de pagos y asignaciones – órganos u organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones y asociaciones

OBJETIVOS:

Realizar la propuesta por cada órgano u organismo de la Administración Central del Estado y otras entidades que reciban directamente recursos financieros del Presupuesto Central, de los importes requeridos para efectuar el pago de los compromisos realizados y las asignaciones a empresas y entidades, según lo contenido en el Presupuesto aprobado, y su desglose por meses.

Las organizaciones y asociaciones vinculadas al Presupuesto del Estado, utilizarán también este modelo para hacer su propuesta de programación de asignaciones por parte del Presupuesto Central. A éstos fines utilizarán las filas 13, 14 y 15 solamente.

La información contenida en éste modelo servirá de elemento para la confección de la programación financiera de la Tesorería.

La información en todos los casos será en miles de pesos con un decimal.

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL MODELO:

ENCABEZAMIENTO:

Se consignará el nombre del órgano y organismo de la Administración Central del Estado proponente del programa y su código.

CONTENIDO DE LAS COLUMNAS:

En la primera columna se consignará el importe total planificado para el año y en las doce restantes su distribución por meses. La suma de las cifras planificadas para cada mes deberá coincidir con el importe total planificado para el año.

Al efectuarse la distribución por meses del total planificado para el año deberán tenerse en consideración las características de estacionalidad y cualquier otra que origine requerimientos distintos en cada uno de los meses.

El importe total planificado para el año en cada uno de los conceptos, en ningún caso podrá ser superior al importe contenido para ese mismo concepto en la notificación del Presupuesto aprobado para el año.

EXPLICACION DE LAS FILAS:

Fila 01- Total Unidades Presupuestadas

Es la suma de los importes reflejados en las filas 02, 03, 04 y 05.

Fila 02- Pagos al Personal:

Se reflejarán los requerimientos de recursos financieros para efectuar los pagos al personal de las entidades presupuestadas, cualesquiera que sea la forma o el concepto por el que se efectúan. Incluye los pagos a adiestrados, licencias, reserva calificada y otros y las prestaciones de la seguridad social a corto plazo que pagan las unidades presupuestadas. Se corresponde con el inciso No.1 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 03- Pagos por Bienes y Servicios:

Se consignarán, los requerimientos de recursos financieros para efectuar el pago por la adquisición de suministros y demás bienes y servicios que se realizan por las unidades presupuestadas, para su normal funcionamiento. Se corresponde con el inciso 2 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 04- Transferencias Corrientes

Se consignarán los requerimientos de recursos financieros para efectuar las erogaciones que se realicen por las unidades presupuestadas por concepto de contribución a la seguridad social a largo plazo, pagos de asistencia social, estipendios a estudiantes y otros. Se corresponde con el contenido del inciso No. 3, epígrafes 07, 08, 09 y 99 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 05- Pagos de Capital:

Se reflejarán los pagos originados por la ejecución financiera de las inversiones de las unidades presupuestadas y el aumento de la dotación de capital de trabajo de las unidades presupuestadas con tratamiento diferenciado. Se corresponde con el contenido del inciso 4 epígrafes 01 y 02 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 06-Total Empresas Sector Público no Financiero.

Es la suma de los importes considerados en las filas 07 y 12

Fila 07- Transferencias Corrientes

Se considerarán los requerimientos de recursos financieros para enfrentar las asignaciones a favor de empresas del Sector Público no financiero, que no suponen una contraprestación en bienes o servicios y se corresponde con el contenido del epígrafe 01 del inciso 3 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente. Es la suma de las filas 08, 09, 10 y 11. En las filas 08, 09 y 10 se consignan los

importes específicos para cada tipo de subsidio y en la fila 11, el resto de los subsidios y asignaciones no especificadas en las tres filas anteriores.

Fila 12- Transferencias de Capital:

Se reflejarán las asignaciones a favor de empresas y entidades destinados a financiar inversiones y al aumento de la dotación de capital de trabajo cuando en forma excepcional sean aprobados por los niveles correspondientes de dirección. Se corresponde con el contenido del epígrafe 01 del inciso 5, del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente

Fila 13- Total de Entidades no Pertenecientes al Sector Público

Es la suma de los importes considerados en las filas 14 y 15.

Fila 14- Transferencias Corrientes

Se consignarán las asignaciones correspondientes a la concesión de recursos a favor de organizaciones y asociaciones vinculadas al Presupuesto del Estado, que no suponen una contraprestación en bienes y servicios y se corresponde con el contenido del epígrafe 03, partida 01 del inciso 3 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 15- Transferencias de Capital

Se consignarán las asignaciones a favor de éstas entidades destinadas a sufragar gastos de inversiones y otros gastos de capital. Se corresponde con el contenido del epígrafe 03 del inciso 5 del Clasificador por Objeto de Gasto actualmente vigente.

Fila 17- Total

Es la suma de los importes considerados en las filas 01, 06 y 13.

Fila 18- Ingresos autorizados para el pago de los gastos.

Es el importe de los ingresos a retener para efectuar pagos de los gastos de unidades o actividades con tratamiento diferenciado u otros que se autoricen.

PIE DEL MODELO:

Deberá reflejarse la fecha de emisión del modelo, el nombre y apellidos, cargo y firma del especialista que confeccionó el modelo, así como del responsable del trabajo de tesorería, quien lo revisará. El modelo será aprobado por el Director de Finanzas y Precios del Organo u Organismo de la Administración Central del Estado o de la Organización y Asociación que lo emite.

FECHA DE ENTREGA DE LA INFORMACION:

Esta información será presentada a la Dirección General de Tesorería, hasta los diez días hábiles posteriores a la fecha de emitirse la notificación del Presupuesto aprobado.

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