Resolución 3

Modificación del Acuerdo No. 4530 sobre explotación y procesamiento de yacimientos

Organismo
Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros
Fecha emisión
2017-01-25
Publicada en
Gaceta No. 12 Ordinaria de 2017 (2017-03-07)
Páginas
4–6
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La Resolución No. 3 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros modifica el Acuerdo No. 4530 sobre explotación y procesamiento de yacimientos. Regula el cambio de uso de 29,27 hectáreas de explotación a procesamiento para la construcción de una nueva presa de colas. La emite el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

Texto íntegro

El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo

CERTIFICA

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo No. 4530 del Comité Ejecutivo del Consejode Ministros, de 13 de septiembre de 2002, se aprobó el traspaso de los derechos mineros deexplotación, otorgados a Commercial Caribbean Níckel, S.A. por el Acuerdo No. 3754,de 11 de septiembre de 2000, a favor de la Empresa de Níquel “Comandante Ernesto Che Guevara”. Posteriormente, por el Acuerdo No. 7555, de 8 de mayo de 2014, estos dere-chos fueron ampliados y en virtud del Acuerdo No. 7361, de 12 de enero de 2013, le fuetraspasada una parte del área a la empresa mixta Moa Nickel S.A, reduciéndose el área atres mil seiscientas cuarenta y siete coma sesenta y seis hectáreas (3 647,66 ha).

POR CUANTO: El Ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa de Ní-quel “Comandante Ernesto Che Guevara” y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado el cambio de uso de veintinueve coma veintisietehectáreas (29,27 ha) de explotación a procesamiento para destinarlas a la construcciónde una nueva presa de colas y, en consecuencia, modificar el apartado Segundo del ci-tado Acuerdo No. 4530.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de lasfacultades conferidas por la Ley No. 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, yde conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto Ley No. 272, de fecha 16 dejulio de 2010, “De la Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros”, adoptó,el 25 de enero de 2017, el siguiente

ACUERDO

PRIMERO: Modificar, en el apartado Segundo del Acuerdo No. 4530, el área de ex-plotación de los yacimientos Yagrumaje Sur, Yagrumaje Oeste y Camarioca Este, y apro-bar el cambio de uso de veintinueve coma veintisiete hectáreas (29,27 ha) de explotación

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a procesamiento, para destinarlas a la construcción de una nueva presa de colas, el quequeda redactado de la manera siguiente:

El área objeto de la concesión de explotación y procesamiento se ubica en el munici-pio de Moa, provincia de Holguín, abarca una extensión de tres mil seiscientas cuarentay siete coma sesenta y seis hectáreas (3 647,66 ha), y su localización en el terreno, encoordenadas Lambert, Sistema Cuba Sur, es la siguiente:

ÁREA DE EXPLOTACIÓN(3 618,39 ha)

ÁREA DE PROCESAMIENTO (PRESA DE COLAS)(29,27 ha)

SEGUNDO: El concesionario está obligado a:

- a)Solicitar al Centro de Inspección y Control Ambiental (CICA) la Licencia Ambientalcorrespondiente para el área de la nueva presa de colas, antes de ejecutar los trabajosque en el presente Acuerdo se autorizan; e

- b)incluir, dentro del proyecto de procesamiento de la planta y sus planes anuales, laconstrucción y manejo de la nueva presa de colas.

TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en los Acuerdos No. 3754, de 11 de septiembre de 2000, No. 4530, de 13 de septiembre de 2002, y No. 7555,de 8 de mayo de 2014, son aplicables en lo que corresponda, con excepción de lo que seoponga a lo dispuesto en los apartados anteriores.

Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la pre-sente certificación en el Palacio de la Revolución, a los 25 días del mes de enero de 2017.

José Amado Ricardo Guerra

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