Resolución 3/2022

Modificación del sistema de chapas de identificación de vehículos

Organismo
Ministerio del Interior
Fecha emisión
2022-02-28
Publicada en
Gaceta No. 27 Ordinaria de 2022 (2022-03-14)
Páginas
6–7
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La Resolución No. 3/2022 del Ministerio del Interior modifica el sistema de chapas de identificación de vehículos en Cuba. Regula el uso de letras específicas para instituciones religiosas, cooperativas y formas de gestión no estatales. La norma es emitida por el Ministro del Interior en virtud de la Ley No. 109, "Código de Seguridad Vial".

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 3/2022

POR CUANTO: La Ley No.109, “Código de Seguridad Vial”, de 1 ro. de agosto de 2010,en su

Artículo 224, establece, entre otros elementos, que el Ministerio del Interior disponelos cambios de chapas de identificación de los vehículos inscritos, cuando estime necesario.

POR CUANTO: Los cambios de chapas de identificación de los vehículos inscritos seregulan mediante la Resolución No. 1, del Ministro del Interior, “Que dispone la reins-cripción general y cambio de chapas de identificación y de licencias de circulación de losvehículos de motor, remolques y semirremolques del país”, de 08.04.2013.

POR CUANTO: La experiencia práctica del actual sistema de chapas aconseja dife-renciar algunas personas jurídicas no estatales como las Instituciones Religiosas, Coo-perativas de Producción Agropecuaria y de Créditos y Servicios, y las nuevas formas deproducción no estatales, cuyos sistemas de explotación, uso y circulación de los vehículosdifieren de los estatales.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el Artícu-lo 145, inciso d) de la Constitución de la República,

RESUELVO:

PRIMERO: Modificar el apartado Cuarto de mi Resolución No. 1, “Que dispone lareinscripción general y cambio de chapas de identificación y de licencias de circulaciónde los vehículos de motor, remolques y semirremolques del país”, de 08.04.2013, adicio-nando el numeral 7, que quedaría redactado de la manera siguiente:

“7. Las letras “Z”, “S” y “W” para instituciones religiosas, cooperativas y formas degestión no estatal, correspondiendo las dos primeras a las motocicletas y ciclomotores, yla última al resto de las clases de vehículos.

Se mantendrán sin emplearse en el sistema alfanumérico, las letras “I”, “O” y “Q”.”

ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del Minis-terio del Interior.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA, en La Habana, a los 28 días del mes de febrero de 2022.

Ministro del Interior

General de División

Lázaro Alberto Álvarez Casas

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