Resolución 6/2004
La Resolución No. 6/2004 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el adiestramiento de egresados de Licenciatura en Derecho que se ubican en los tribunales populares. Establece un programa de adiestramiento para complementar sus conocimientos y prepararlos para ejercer como jueces profesionales.
- Los egresados de Licenciatura en Derecho reciben un estipendio mensual de $211.00 pesos durante un año de adiestramiento.
- El adiestramiento consiste en un Diplomado de un año de duración para desempeñar funciones judiciales.
- Una vez concluido el primer año, los adiestrados pasan a laborar plenamente como jueces profesionales con salario y pagos adicionales establecidos.
- Se aplica igual tratamiento a egresados que ejercen como Jueces Suplentes no Permanentes durante el tercer año de servicio social.
- Se deja sin efecto el Apartado Decimotercero de la Resolución No. 8 de 13 de febrero de 1999 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 6/2004
cha 2 de julio del 2001 del Comité Ejecutivo del Consej
Apartado Segundo num
e resuelve para proponer, aprobar y controlar el perfeccionamiento de la política salarial del país.
POR CUANTO: El tratamiento salarial a los graduados de Licenciatura en Derecho, que se ubican en los tribunales populares se realiza actualmente en correspondencia con el Apartado Decimotercero de la Resolución No. 8 de 13 de febrero de 1999 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que puso en vigor el régimen salarial del personal que presta servicios en los tribunales populares de la República, estableciendo un estipendio mensual $211.00 pesos, durante los dos primeros años de adiestramiento.
POR CUANTO: El sistema de tribunales populares ha elaborado un Programa de Adiestramiento para los egresados de la carrera de Derecho, mediante la realización de estudios de post grado para complementar sus conocimientos, con el desar
ten en el término de un año estar preparad
ir las funciones habituales de juez profesional, en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 5 de 30 de abril de 1993 del entonces denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social hoy
Seguridad Social, por lo que interesan se le apruebe el traados en Licenciatura e
tamiento salarial a los recién gradu Derecho, sin vínculo laboral, que se ubiquen en
juez profesional.
POR TANTO: En ejercicio de las facult
n conferidas;
R e s u e l v o :
PRIMERO: Aprobar el Adiestramiento de los egresados de la Licenciatura en Derecho que se ubican laboralmente en los tribunales populares de la República, mediante un Diplomado por el período de un año de duración, que comdes, suficientes para desempeñar las funciones judiciales recibiendo en este período un estipendio de $211.00 pesos mensuales.
SEGUNDO: Una vez concluido el primer año, los adiestrados pasan a laborar plenamente en el cargo de juez profesional para el que fueron elegidos, ejerciendo cabalmente sus funciones y percibiendo como salario y pagos adicionales, los que vienen establecidos en el Apartado Primero de la Resolución No. 8 de 13 de febrero de 1999, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para los jueces profesionale
ERO: Igual tratamiento al regulado en el
do Segundo se aplicará a los egresados qu
ejerciendo como Jueces Suplentes no Permanen
tercer año de servicio social.
CUARTO: Se ecido en el Apar
deja sin efecto lo establ ro de la Resolución No.
Decimoterce 8 de 13 de febrede 1999 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en Ciudad de La Habana, a los 5 días del mes de febrero del 2004.Margarita González Fernández Ministra A.I. de Trabajo y Seguridad Social