Resolución 30/2025
La Resolución 30/2025 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de investigación geológica en el área denominada Bentonita San Andrés, otorgada a la Empresa Geominera de Oriente. Esta decisión se basa en la Ley 76 "Ley de Minas" de 1994 y las atribuciones conferidas al ministro de Energía y Minas.
- Se extingue la concesión de investigación geológica en Bentonita San Andrés, municipio de San Andrés, provincia de Holguín.
- El área queda franca para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La Empresa Geominera de Oriente debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- La empresa debe indemnizar por daños o perjuicios causados por actividades mineras.
- Se deroga la Resolución 57 de 17 de marzo de 2022.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 30/2025
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 57, de 17 de marzo de 2022, del ministro de Energía y Minas, a la Empresa Geominera de Oriente para una concesión de investigación geológica del mineral arcilla bentonítica en el área denominada Bentonita San Andrés, ubicada en el municipio de San Andrés, provincia de Holguín, por el término de tres años, con el objetivo de evaluar y estimar los recursos existentes de dicho mineral.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de investigación geológica en el área denominada Bentonita San Andrés, ubicada en el municipio de San Andrés, provincia de Holguín, otorgada a la Empresa Geominera de Oriente.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de investigación geológica, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera de Oriente está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de investigación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar la Resolución 57, de 17 de marzo de 2022, del ministro de Energía y Minas.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa Geominera de Oriente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de marzo de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro