Resolución 289
La Resolución No. 289 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de una concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera Oriente. La Ley 76 de 1995, Ley de Minas, faculta al Ministerio para disponer la extinción de concesiones mineras.
- Se extingue la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera Oriente para el área denominada Las Margaritas (Artículo 1).
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras (Artículo 2).
- La Empresa Geominera Oriente debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y medio ambientales (Artículo 3).
- Se deroga la Resolución No. 280 de 15 de julio de 2002 que otorgó la concesión (Artículo 4).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 289
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras (los permisos de reconocimiento) que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido la concesión de investigación geológica otorgada mediante la Resolución No. 280 de 15 de julio del 2002 del que resuelve a la Empresa Geominera Oriente para la realización de trabajos de prospección y exploración en al área denominada Las Margaritas.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 280 de 15 de julio del 2002 del que resuelve, a la Empresa Geominera Oriente, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Las Margaritas.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: La Empresa Geominera Oriente, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las medio ambientales, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 280 de 15 de julio del 2002 del que resuelve, que otorgó concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera Oriente, sobre el área denominada Las Margaritas.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a la Empresa Geominera Oriente.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana a los 3 días del mes de noviembre del 2003.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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