Resolución 302/2023
La Resolución 302/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la emisión de Bonos Soberanos para financiar la deuda pública en Cuba. La norma establece las condiciones y procedimientos para la emisión, colocación y amortización de estos bonos. La emisión es autorizada por el Ministro de Finanzas y Precios según la Ley 164/2023.
- Se emiten Bonos Soberanos hasta el límite fijado en la Ley 164 "Del Presupuesto del Estado para el año 2024".
- El Banco de Inversiones S.A. actúa como Agente Estructurador, de Registro, Pago, Traspaso y Colocación.
- Los bonos se amortizan a su vencimiento y pueden ser negociados y endosados entre el sistema bancario y el sector empresarial estatal.
- Se exonera a los tenedores de Bonos del pago del Impuesto sobre Utilidades por ingresos provenientes de rendimientos de créditos.
- La dirección de Tesorería y Crédito Público garantiza el pago de obligaciones adquiridas con los tenedores de Bonos.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 302/2023
POR CUANTO: La Ley 164 “Del Presupuesto del Estado para el año 2024”, de 20 dediciembre de 2023, establece en su
Artículo 47, que la emisión, colocación, amortización,control y fiscalización, de los Bonos Soberanos de la República de Cuba, se realiza con-forme a lo establecido por el ministro de Finanzas y Precios.
POR CUANTO: La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, en su Disposición Final Segunda, inciso a), faculta al ministro de Finanzas y Precios cuandocircunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para conceder exen-ciones, bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, así como condonardeudas tributarias determinadas administrativamente, según corresponda.
POR CUANTO: Se hace necesario aprobar la emisión, colocación y amortización de Bonos Soberanos de la República de Cuba, en pesos cubanos, para financiar la deudapública aprobada para el año 2024.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145,inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Emitir Bonos Soberanos de la República de Cuba para el financiamientode la deuda pública hasta el límite fijado en la Ley 164 “Del Presupuesto del Estado parael año 2024”, y la colocación se realiza en correspondencia con las necesidades de liqui-dez de la cuenta del presupuesto Central.
SEGUNDO: El Banco de Inversiones S.A., en su función de Agente Estructurador,de Registro, Pago, Traspaso y Colocación, para las emisiones de los Bonos de acuerdocon los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Agencia firmado con este Ministerio, emite mediante anotaciones electrónicas en su registro los Bonos y entrega acada institución financiera bancaria cubana y a las empresas estatales participantes, en loadelante tenedores, cuando así lo requieran, un Certificado de Bono.
TERCERO: Los Bonos mencionados en el apartado Primero, se amortizan a su venci-miento, pueden ser negociados y endosados entre el sistema bancario y el sector empre-sarial estatal por su valor nominal.
CUARTO: La información que se publique en el Memorándum de Emisión y Coloca-ción a los tenedores de Bonos, se autoriza previamente por este Ministerio.
QUINTO: La dirección de Tesorería y Crédito Público de este Ministerio queda encar-gada de garantizar en los plazos pactados en el Contrato de Agencia, el pago de las obli-gaciones adquiridas con los tenedores de Bonos, desde la Cuenta del presupuesto Centralque opera en la Sucursal de Operaciones del Estado, en el Banco Central de Cuba.
SEXTO: Se exonera a los tenedores de Bonos del pago del Impuesto sobre Utilidades,por los ingresos que obtengan provenientes de los rendimientos de créditos de cualquier
naturaleza, resultantes de la compra, traspaso o tenencia de los Bonos Soberanos de la República de Cuba, emitidos para financiar la deuda pública del año 2024.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 30 días del mes de diciembre de 2023.
Vladimir Regueiro Ale
Ministro
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