Resolución 306

Renovación de licencia a la Cooperativa de Construcciones Santa Fe

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2018-06-08
Publicada en
Gaceta No. 51 Ordinaria de 2018 (2018-12-17)
Páginas
3–5
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Texto íntegro

GOC-2018-1011-O51 RESOLUCIÓN No. 306/2018

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolución No.184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Cooperativa de Construcciones Santa Fe, autorizada su constitución por el Ministerio de la Construcción, con domicilio social en la provincia de La Habana, ha solicitado la Renovación de la licencia No. 1172/17 vigente hasta el 21 de octubre de 2018, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución No.165/17 de 31 de marzo de 2017, para continuar ejerciendo como Constructor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Cooperativa de Construcciones Santa Fe, con domicilio social en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República de Cuba.

1444 GACETA OFICIAL 17 de diciembre de 2018

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Cooperativa de Construcciones Santa Fe, cuya constitución fue autorizada por el Ministerio de la Construcción, con domicilio social en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución se avala que, la Cooperativa de Construcciones Santa Fe, cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Brindar servicios de Construcción Civil y Montaje de nuevas obras en los objetivos autorizados.1.1. Tipos de Objetivos:a) Obras de Arquitectura de hasta dos niveles. b) Viviendas hasta dos niveles incluyendo su estructura. c) Viviendas de más de dos niveles solo en actividades de albañilería instalaciones y terminaciones.2. Servicios de Constructor:a) Brindar servicios de reconstrucción, remodelación, reparación, conservación, desmontaje, acabado especializado y mantenimiento constructivo de los objetivos autorizados. b) Montaje tecnológico de sistemas de refrigeración, clima, ventilación, extracción y grupos electrógenos. c) Montaje de sistemas hidráulicos y eléctricos hasta 1 000 volt. d) Montaje de sistemas de corrientes débiles excepto detección de incendios e intrusos. e) Servicios de áreas verdes y paisajismo. f) Montaje tecnológico, mecánico e industrial de baja complejidad.2.1. Tipos de Objetivos:a) Obras de Arquitectura. b) Objetos de obra en obra industrial. c) Viviendas en general.

TERCERO: La Renovación de la licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la licencia anteriormente otorgada.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado, ni Avalado su Sistema de Gestión de la Calidad por la Norma NC ISO – 9001 vigente.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 8 días del mes de junio de 2018.Ing. René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción

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