Resolución 31

Registro de Matrícula de Aeronaves

Organismo
Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba
Fecha emisión
2007-12-03
Publicada en
Gaceta No. 7 Extraordinaria de 2008 (2008-01-18)
Páginas
7
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Texto íntegro

Ley No. 255 “Sobre la Aviación Civil”, de fecha 5 de octubre de 2007.

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POR CUANTO: La

DISPOSICION FINAL PRIMERA del Decreto-Ley No. 255, establece que el Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba, como Autoridad Aeronáutica, queda encargado de la aplicación del mencionado Decreto- Ley y de sus reglamentos, y su Presidente está facultado para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para reglamentar y dar cumplimiento a lo que en éste se dispone.

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POR CUANTO: Se ha llevado a cabo un proceso de revisión y actualización de todas las normativas aeronáuticas, con el objetivo de atemperarlas a las exigencias actuales.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba de 6 de julio de 1989, he sido nombrado Presidente del Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultadas que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Poner en vigor la presente Regulación Aeronáutica Cubana, “REGISTRO DE MATRICULA DE AERONAVES” RAC 7.

NOTIFIQUESE a los vicepresidentes del IACC, a los directores del IACC y a los directores de las empresas del Sistema de la Aviación Civil de Cuba.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del IACC.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 3 días del mes de diciembre de 2007.

Rogelio Acevedo González

Presidente del Instituto

de Aeronáutica Civil de Cuba

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