Resolución 31/2018

Otorgar permiso de reconocimiento a Geominera S.A. para exploración de minerales

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 62 Extraordinaria de 2018 (2018-10-30)
Páginas
3–5
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La Resolución No. 31/2018 del Ministerio de Energía y Minas otorga un permiso de reconocimiento a Geominera S.A. para explorar minerales en el área denominada Los Pasos, ubicada en provincias de Cienfuegos, Villa Clara y Sancti Spíritus. El permiso permite realizar trabajos de reconocimiento para minerales de cobre, plomo, zinc, oro y plata.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 31/2018

(Copia Corregida)

POR CUANTO: Mediante el Decreto Ley No. 301, de 9 de octubre de 2012, se crea el Ministerio de Energía y Minas, como organismo de la Administración Central del Estadoencargado de proponer y, una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado yel Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.

POR CUANTO: A tenor de los artículos 25 y 27 del Decreto No. 222, Reglamento dela Ley de Minas, de 16 de septiembre de 1997, le corresponde al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, otorgar los permisos de reconocimiento, losque le confieren a su titular la facultad de llevar a cabo trabajos para verificar o corroborarestudios anteriores y su comportamiento.

POR CUANTO: La sociedad mercantil Geominera S. A. ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de un permiso de reconocimiento en el áreadenominada Los Pasos, que comprende los sectores San Fernando-Antonio y Los Cerros,ubicada en los municipios Cumanayagua, provincia de Cienfuegos; Manicaragua, provin-cia de Villa Clara; y Fomento y Cabaiguán, provincia de Sancti Spíritus, con el objetivode realizar trabajos de reconocimiento para minerales de cobre, plomo y zinc, y metalespreciosos de oro y plata, a fin de seleccionar áreas perspectivas para la investigación geo-lógica, así como comprobar investigaciones pretéritas.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conve-niente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue el permiso de reconocimientoal solicitante, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Otorgar a la sociedad mercantil Geominera S. A. un permiso de reconoci-miento en el área denominada Los Pasos, que comprende los sectores San Fernando - An-

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tonio y Los Cerros, con el objetivo de realizar trabajos de reconocimiento para mineralesde cobre, plomo y zinc, y metales preciosos de oro y plata, a fin de seleccionar áreas pers-pectivas para la investigación geológica, así como comprobar investigaciones pretéritas

SEGUNDO: El área objeto del presente permiso se ubica en los municipios Cuma-nayagua, provincia de Cienfuegos; Manicaragua, provincia de Villa Clara; y Fomento y Cabaiguán, provincia de Sancti Spíritus, con una extensión total de treinta y un mil dos-cientos cuarenta y nueve coma treinta y seis (31 249,36) hectáreas, y su localización en elterreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Norte, es la siguiente:

SECTOR SAN FERNANDO-ANTONIO(25 960 ha):

| VÉRTICE | X | Y | | - | - | - | | 1 | 590000 | 266000 | | 2 | 590000 | 260000 | | 3 | 611500 | 260000 | | 4 | 611500 | 251000 | | 5 | 622000 | 251000 | | 6 | 622000 | 260000 | | 7 | 617500 | 260000 | | 8 | 617500 | 266000 | | 1 | 590000 | 266000 |

SECTOR LOS CERROS (5 289,36 ha):

| VÉRTICE | X | Y | | - | - | - | | 1 | 630000 | 245,000 | | 2 | 630000 | 249 500 | | 3 | 631554 | 248 114 | | 4 | 634 000 | 248000 | | 5 | 641500 | 248000 | | 6 | 641500 | 243000 | | 7 | 633 000 | 243 000 | | 8 | 633000 | 245 000 | | 1 | 630000 | 245000 |

El área objeto del permiso de reconocimiento ha sido debidamente compatibilizadacon los intereses de la defensa nacional y con los del medio ambiente.

TERCERO: El permiso que se otorga está vigente por un (1) año, que puede prorro-garse en los términos establecidos en el Decreto No. 222, de 16 de septiembre de 1997,Reglamento de la Ley de Minas, a solicitud previa y expresa del permisionario, debida-mente fundamentada.

CUARTO: El permisionario devuelve al Estado cubano por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales las áreas que no sean de su interés, y al finalizar de-vuelve toda el área que reste de las devoluciones realizadas. El permiso de reconoci-miento que se otorga es aplicable a las áreas definidas como áreas del permiso, o a laparte de esta que resulte de las devoluciones realizadas.

QUINTO: Durante la vigencia del presente permiso no se conceden dentro del áreaautorizada otros permisos y concesiones mineras que obstaculicen el derecho otorgadoal permisionario. Si se presenta una solicitud de permiso o concesión dentro de dichaárea, con objetivo diferente al autorizado al permisionario, la Oficina Nacional de Re-cursos Minerales analiza la solicitud según los procedimientos de consulta establecidos,

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que incluyen al permisionario, y dictamina acerca de la posible coexistencia de ambasactividades mineras siempre que no implique una afectación técnica ni económica alpermisionario.

SEXTO: El permisionario está obligado a:

- 1.Al finalizar los trabajos de reconocimiento, presentar a la Delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de las provincias de Cienfuegos, Villa Clara y Sancti Spíritus, un informe con los principales impactos en el área y las medidas parasu mitigación;

- 2.contactar con las autoridades de la Agricultura de los municipios Cumanayagua,Manicaragua, Fomento y Cabaiguán, antes de comenzar los trabajos de reconocimiento,a los efectos de valorar las posibles afectaciones y el pago de las indemnizaciones queprocedan;

- 3.cumplir con el Decreto No. 179, Protección, uso y conservación de los suelos y suscontravenciones, de 2 de febrerode 1993; y

- 4.rehabilitar el área una vez concluido el reconocimiento.

SÉPTIMO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Ga-ceta Oficial de la República de Cuba.

NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la sociedad mercantil Geominera S. A.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 13 días del mes de febrero del 2018.

Alfredo López Valdés

Ministro de Energía y Minas