Resolución 31/2023
La Resolución 31/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios regula los valores referenciales mínimos para la compraventa y donación de vehículos de motor, remolques y semirremolques a efectos tributarios. Establece los valores mínimos según la clase y año de fabricación del vehículo.
- Se define un valor referencial mínimo para vehículos de motor, remolques y semirremolques según su clase y año de fabricación.
- Los valores referenciales mínimos actualizados se establecen para atemperar el escenario económico y social actual.
- La resolución tiene efecto en el pago de impuestos sobre Ingresos Personales y sobre la Trasmisión de Bienes y Herencias.
- La resolución entra en vigor a partir del 1ro. de marzo de 2023.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 31/2023
POR CUANTO: La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, estable-ce, entre otros, los impuestos sobre Ingresos Personales y sobre la Trasmisión de Bienesy Herencias; así como en su Disposición Final Segunda, inciso f), faculta al Ministro de Finanzas y Precios para modificar las formas y procedimientos para el cálculo, pago yliquidación de los tributos cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así loaconsejen.
POR CUANTO: El Decreto 83 “De la trasmisión de la propiedad de vehículos demotor, remolques y semirremolques, su comercialización e importación”, de 9 de febrerode 2023, establece en el apartado 2 del
Artículo 7, que a los efectos tributarios, para laliquidación y pago de los citados impuestos, se define un valor referencial mínimo de losvehículos de motor, remolques y semirremolques que, según su clase y año de fabrica-ción, dispone el Ministro de Finanzas y Precios.
POR CUANTO: Resulta necesario actualizar los valores referenciales mínimos parala compraventa y donación de vehículos de motor, remolques y semirremolques, segúncorresponda, por clases y años de fabricación, a los efectos del pago de los impuestossobre Ingresos Personales y sobre la Trasmisión de Bienes y Herencias, para atemperarestos al escenario económico y social actual.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que se me confieren en el
Artículo 145,incisos d) y e), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: A los efectos tributarios, para la liquidación y pago de los impuestos sobrelos Ingresos Personales y sobre la Trasmisión de Bienes y Herencias, asociados a los actosde compraventa y donación de vehículos de motor, remolques y semirremolques, segúncorresponda, se entiende como valor referencial mínimo los siguientes:
SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 ro. de marzo de 2023.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 10 días del mes de febrero de 2023.
Meisi Bolaños Weiss
Ministra
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