Resolución 313
La Resolución No. 313 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de concesiones mineras. Establece la extinción de los derechos mineros de investigación geológica del mineral de arcilla en el área denominada Ampliación de Río Bongó. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en ejercicio de sus facultades.
- Se extingue la concesión minera otorgada a la Empresa de Asistencia y Servicios (Artículo 1).
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras (Artículo 2).
- El concesionario debe cumplir obligaciones pendientes, especialmente las relacionadas con el medio ambiente (Artículo 3).
- Se derogan las Resoluciones No. 233 de 2002 y No. 346 de 2005 (Artículo 4).
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República (Artículo 5).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 313
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado” de 21 de abril de 1994, en su
Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.
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POR CUANTO: La Ley No. 76, “Ley de Minas”, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras y permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado a la Empresa de Asistencia y Servicios para la realización de trabajos de investigación geológica para el mineral de arcilla en el área denominada Ampliación de Río Bongó, que le fueran autorizados mediante la Resolución No. 233, de 18 de junio de 2002, del Ministro de la Industria Básica y posteriormente prorrogados mediante la Resolución No. 346, de 15 de noviembre de 2005 de la que resuelve; por lo que se incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras establecida en el artículo 60, inciso a) de la Ley No. 76 “Ley de Minas”, referida al vencimiento de su término.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve, Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de los derechos mineros de investigación geológica del mineral de arcilla en el área denominada Ampliación de Río Bongó, otorgados a la Empresa de Asistencia y Servicios mediante la Resolución No. 233, de 18 de junio de 2002, del Ministro de la Industria Básica y posteriormente prorrogados mediante la Resolución No. 346, de 15 de noviembre de 2005, de la que resuelve.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: El concesionario está obligado a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgados los derechos de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las relacionadas con el medio ambiente y la entrega de la información, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades realizadas.
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CUARTO: Se derogan la Resolución No. 233, de 18 de junio de 2002, del Ministro de la Industria Básica y la Resolución No. 346, de 15 de noviembre de 2005, de la que resuelve, por medio de las cuales se otorgó y prorrogó, respectivamente, la Concesión de Investigación Geológica del mineral de arcilla a la Empresa de Asistencia y Servicios, en el área denominada Ampliación de Río Bongó.
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QUINTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director de la Empresa de Asistencia y Servicios.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 24 días del mes de octubre de 2007.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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