Resolución 318/2015
La Resolución No. 318/2015 del Ministerio de Comunicaciones regula las tarifas para servicios del Joven Club de Computación y Electrónica. Establece precios máximos en pesos cubanos (CUP) para servicios ofrecidos a personas naturales y jurídicas.
- Aprobar tarifas técnicas productivas y a la población en CUP para servicios del Joven Club de Computación y Electrónica.
- Servicios de cursos: gratis para personas naturales, 15 CUP/hora para personas jurídicas.
- Tiempo de máquinas: 2 CUP/hora para personas naturales, no ofertado para personas jurídicas.
- Asistencia informática: 50-40 CUP/mes x PC según duración, igual para personas naturales y jurídicas.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 318/2015
POR CUANTO: La Resolución No. 259 de fecha 6 de junio de 2014, de la Ministra de Finanzas y Precios, faculta a quien resuelve a aprobar los precios y tarifas en pesos cu-banos (CUP), de los servicios prestados a las personas naturales y jurídicas por los Joven Club de Computación y Electrónica.
POR CUANTO: La Resolución No. 512 de fecha 12 de agosto de 2014 del Ministrode Comunicaciones, aprobó con carácter de máximas las tarifas técnicas productivas y lastarifas a la población en CUP, para los servicios que brinda la unidad presupuestada Joven Club de Computación y Electrónica a personas naturales y jurídicas por el término de unaño decursados a partir de la publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba yteniendo en cuenta que este expiró resulta procedente su actualización.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 100 inciso a),de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o :
PRIMERO: Aprobar con carácter de máximas, las tarifas técnicas productivas y lastarifas a la población en CUP, para los servicios que brinda la unidad presupuestada Joven Club de Computación y Electrónica a personas naturales y jurídica siguientes:
| Descripción del servicio | Personas Naturales | Personas jurídicas | | - | - | - | | Servicios de cursos | Gratis | 15,00 CUP/hora | | Tiempo de máquinas | 2,00 CUP/hora | No se oferta | | Asesoría e implementación | 10,00 CUP/hora | 10,00 CUP/hora | | Alquiler de computadora | 10,00 CUP/hora | 10,00 CUP/hora | | Desarrollo e implementación deaplicaciones informáticas | 10,00 CUP/hora | 10,00 CUP/hora | | Asistencia informática | De 1 a 3 meses 50,00 CUP/ mes x PC | De 1 a 3 meses 50,00 CUP/ mes x PC | | De 4 a 6 meses 45,00 CUP/ mes x PC | De 4 a 6 meses 45,00 cup/ mes x PC | | De 7 a 12 meses 40,00 CUP/ mes x PC | De 7 a 12 meses 40,00 CUP/ mes x PC |
SEGUNDO: Lo dispuesto por la presente, estará vigente por el término de un (1) año,contado a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
TERCERO: El Director General de la unidad presupuestada Joven Club de Compu-tación y Electrónica, queda encargado de adoptar las medidas necesarias que permitanconocer la efectividad de lo dispuesto y transcurrido un año de su aplicación informar sucomportamiento.
DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios.
NOTIFÍQUESE al Director General de la unidad presupuestada Joven Club de Computación y Electrónica.
COMUNÍQUESE a los viceministros, al Director de Economía, al jefe de departamentode Contabilidad y Precios y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 23 días del mes de diciembre de 2015.
Maimir Mesa Ramos
Ministro de Comunicaciones
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