Resolución 318
Esta resolución regula las tarifas para servicios de abasto de agua y saneamiento en Cuba. La Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, emite esta norma para unificar y actualizar las tarifas de estos servicios.
- Aprobar tarifas máximas en pesos cubanos para servicios técnicos productivos de abasto de agua y saneamiento en sectores presupuestado y productivo.
- Establecer tarifas para servicios de abasto de agua potable y no potable, alcantarillado y desobstrucción en el interior de edificaciones.
- Tarifa para servicio de abasto de agua potable no metrado: 2.80 CUP/m³, y metrado: 10.85 CUP/m³ hasta la norma de consumo.
- Tarifa para servicio de evacuación de aguas albañales por redes de alcantarillado: 30% de la facturación del servicio de acueducto.
- Derogar resoluciones 47/2000 y 421/2012 relacionadas con tarifas de servicios de abasto de agua y saneamiento.
- La resolución entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021.
Texto íntegro
GOC-2020-825-EX70 RESOLUCIÓN No. 323-2020
POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordena-miento Monetario”, del 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria ycambiaria.
POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, del 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyosprecios y tarifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejo de Ministros y fa-culta al Ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar y modificar los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en el Anexo Únicodel referido Decreto.
POR CUANTO: La Resolución 421, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, del 1 de diciembre de 2012, establece las tarifas en pesos cubanos y convertibles para el cobro de los servicios de provisión, de abasto de agua y de saneamiento al sector no residencial, aplicadas en todo el territorio nacional.
POR CUANTO: El Presidente del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos ha presentado a este Organismo, la propuesta de una nueva estructura tarifaria para el cobro de los servicios de abasto de agua y saneamiento para el sector presupuestado y productivo, que incluye a las nuevas formas de gestión no estatal, otras modalidades de abastos, y nuevos servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, lo que se ha decidido aceptar y en consecuencia derogar la citada Resolución 421 de 2012, en aras de evitar la dispersión legislativa.
POR CUANTO: La Resolución 47, dictada por el Ministro de Finanzas y Precios, del 15 de febrero de 2000, establece las tarifas en pesos cubanos para el cobro del servicio de acueducto intradomiciliario a la población, aplicadas en todo el territorio nacional, la querequiere ser derogada teniendo en cuenta que el referido Decreto 24 en su Anexo Único,numeral 1, inciso r), dispone entre la nomenclatura de productos y servicios cuyos preciosy tarifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejo de Ministros, los serviciosde abasto de agua y alcantarillado a la población.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Aprobar las tarifas máximas en pesos cubanos para el cobro de los servi-cios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las edificaciones y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en el sector presupuestado,según se describe en el Anexo I, que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución.SEGUNDO: Aprobar las tarifas máximas en pesos cubanos para el cobro de los ser-vicios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las edi-ficaciones y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendidoy patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en el sector productivo,según se describe en el Anexo II, que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución.
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TERCERO: La tarifa que se aplica al servicio de evacuación de aguas pluviales(drenaje), se fija por los intendentes previa contratación con las empresas de acueductos y su importe no excederá el cinco por ciento del valor correspondiente al servicio deacueducto.
CUARTO: Responsabilizar al Presidente del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos con la implementación de los procedimientos para hacer cumplir el algoritmo que se establece para aplicar la tarifa del servicio de evacuación de aguas pluviales tal y como se describe en el Apartado anterior.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Derogar las resoluciones 47, del 15 de febrero de 2000, y la 421, del 1 de diciembre de 2012, dictadas por el Ministro de Finanzas y Precios.
SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 25 días del mes de noviembre de 2020.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios ANEXO I“TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS PRODUCTIVOS QUE PRESTAN LAS ENTIDADES DEL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS EN EL SECTOR PRESUPUESTADO”.No. SERVICIOS UM Tarifa 1 ABASTO DE AGUA POTABLE 1.1 Tarifa para el Servicio de abasto de agua potable no metrado, según consumo contratado. m³ 2.801.2 Tarifa para el servicio de abasto de agua potable, servicio metrado:Hasta la norma de consumo establecida. m³ 10.85 Superior a la norma de consumo establecida hasta un 25 % m³ 33.00 Superior a la norma de consumo establecida en más de un 25% m³ 66.001.3 Abasto de agua no potable por redes Hasta la norma de consumo establecida. m³ 6.00 Superior a la norma de consumo establecida. m³ 12.001.4 Toma de agua en puntos de aprovisionamiento con carros cisternas que no pertenezcan al suministrador de agua.Agua potable. m³ 6.00
724 GACETA OFICIAL 10 de diciembre de 2020 Agua no potable. m³ 1.401.5 Abasto de agua con carros cisternas.Cuando existan interrupciones en el abasto de agua,imputables al suministrador. m³ 1,75/ km recorrido 1.6 Tarifa para el servicio de abasto de aguadesalinizada o purificada m³ 17.50 No. SERVICIOS UM Tarifa 2 ALCANTARILLADO 2.1 Servicio de evacuación de aguas albañales por redes de alcantarillado. % 30 % de la facturación del servicio acueducto 2.2 Servicio de evacuación de aguas pluviales (Drenaje):Los Intendentes, previa contratación con las empresas de acueductos pactarán la tarifa a aplicar según el estado de la infraestructura hidráulica y la efectividadde este servicio en cada territorio sin exceder el 5% de la facturación del servicio de acueducto como máximo.% Hasta un 5 % de la facturación del servicio de acueducto 3 LIMPIEZA DE FOSA Viaje 280.00 4 DESOBSTRUCCIÓN EN EL INTERIOR DE LA ENTIDAD 4.1 Desobstrucción mecanizada hora 320.00 4.2 Desobstrucción manual hora 215.00 ANEXO II“TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS PARA EL COBRO DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS PRODUCTIVOS QUE PRESTAN LAS ENTIDADES DEL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS EN EL SECTOR PRODUCTIVO”.No. SERVICIOS UM Tarifa 1 ACUEDUCTO 1.1 Tarifa para el Servicio de abasto de agua, no metrado, según consumo contratado. m³ 2.801.2 Tarifa para el servicio de abasto de agua, servicio metrado: 1.2.1 Instalaciones Hoteleras.Hasta la norma de consumo establecida. m³ 10.85 Superior a la norma de consumo establecida hasta un 25 % m³ 33.00 Superior a la norma de consumo establecida en más del 25 % m³ 66.00
725 GACETA OFICIAL10 de diciembre de 20201.2.2 Instalaciones comerciales de servicios, oficinas y otros.Hasta la norma de consumo establecida. m³ 10.85 Superior a la norma de consumo establecida hasta un 25 % m³ 33.00 Superior a la norma de consumo establecida en más del 25 % m³ 66.001.2.2.1 Bonificaciones por el ahorro en el consumo de agua.Inferior a la norma de consumo establecida hasta un 25 % %Descuento del 25 % de la tarifa establecida Inferior a la norma de consumo establecida en más del 25 % % Descuento del 35 % de la tarifa establecida 1.2.3 Tarifa para personas naturales que realizan actividades económicas (TCP) en su domicilio:Las personas naturales que realizan actividades económicas autorizadas (Trabajadores por Cuenta Propia) en su domicilio y reciben el servicio por una única acometida, se les aplica una tarifa bajo el siguiente principio de reparto:Tarifa sector Doméstico + Tarifa sector Productivo.Hasta 6,0 m³/hab./mes tarifa aplicada al sector Doméstico Más de 6,0 m³/hab./mes tarifa aplicada al sector Productivo 1.2.4 Industrias u otros procesos productivos.Hasta la norma de consumo establecida. m³ 10.85 Superior a la norma de consumo establecida hasta un 25% m³ 33.00 Superior a la norma de consumo establecida en más de un 25 % m³ 66.001.2.4.1 Bonificaciones por el ahorro en el consumo de agua Inferior a la norma de consumo establecida hasta un 25% % Descuento del 25% de la tarifa establecida Inferior a la norma de consumo establecida en más de un 25% % Descuento del 35% de la tarifa establecida No. SERVICIOS UM Tarifa 1.2.5 Servicio de agua potable mediante redes en áreas verdes públicas, huertos o parcelas agrícolas autorizadas y campos de golf.Hasta la norma de consumo establecida. m³ 10.85 Superior a la norma de consumo establecida. m³ 21.00
726 GACETA OFICIAL 10 de diciembre de 2020 No. SERVICIOS UM Tarifa 1.2.5.1 Bonificaciones por el ahorro en el consumo de agua Inferior a la norma de consumo establecida hasta un 25% % Descuento del 25% de la tarifa establecida Inferior a la norma de consumo establecida en más de un 25% % Descuento del 35% de la tarifa establecida 1.2.6 Agua para embarcaciones Entrega en menos de 12 horas. m³ 10.85 Entrega en más de 12 horas. m³ 21.001.3 Abasto de agua no potable 1.3.1 Servicio de agua no potable por redes.Hasta la norma de consumo establecida. m³ 6.00 Superior a la norma de consumo establecida. m³ 3.501.3.2 Servicio de agua no potable en áreas verdes públicas, huertos o parcelas agrícolas autorizadas y campos de golf. m³ 1.40 1.4 Toma de agua en puntos de aprovisionamiento con carros cisternas que no pertenezcan al suministrador de agua.Agua potable. m³ 6.00 Agua no potable. m³ 1.401.5 Abasto de agua con carros cisternas m³ 1.75/Km recorrido Cuando existan interrupciones en el abasto de agua, imputables al suministrador, elservicio prestado por carros cisternas se cobrará por las mismas tarifas de abasto deagua que estén contratadas con el cliente.No. SERVICIOS UM Tarifa 1.6 Tarifa para el servicio de abasto de agua desalinizada m³ 17.50 2 ALCANTARILLADO 2.1 Servicio de evacuación de aguas albañales por redes de alcantarillado % 30% de la facturación del servicio de acueducto 3 LIMPIEZA DE FOSA Viajes 280.00 4 DESOBSTRUCCIÓN EN EL INTERIOR DE LA ENTIDAD 4.1 Desobstrucción mecanizada hora 320.00 4.2 Desobstrucción manual hora 215.00
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