Resolución 318/2022
La Resolución 318/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la autorización de inscripción de la oficina de representación de la compañía italiana INTALS, S.P.A. en Cuba. La norma se emite en virtud del Decreto 32/2021 que establece las regulaciones para el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de INTALS, S.P.A. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- El giro comercial de la oficina es la producción y comercialización de metales no ferrosos (Artículo 2).
- La licencia no autoriza a importar y exportar directamente con carácter comercial (Artículo 3a).
- La licencia no autoriza a realizar el comercio mayorista y minorista en general, excepto servicios de posventa y garantía (Artículo 3b).
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras (Artículo 5).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 318/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación ycierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de re-presentación en la República de Cuba, ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 21 de esta propia autoridad, de 25 de enerode 2019, se autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía italianaINTALS, S.P.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercan-tiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, envirtud de la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32 de la oficinade representación de la compañía italiana INTALS, S.P.A. y, del análisis efectuado, se haconsiderado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañíaitaliana INTALS, S.P.A. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía italianaINTALS, S.P.A. en Cuba, a partir de su inscripción, es la producción y comercializaciónde metales no ferroso.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional;
c) emitir facturas comerciales; ni
d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada envigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en elapartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado im-plicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, con-secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 21 de esta propia autoridad, de 25 de enero de 2019.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto dela Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A., y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direc-ción de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos once días del mes de agosto de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
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